Da ‘luz verde’ TEPJF al INE para reactivar elección judicial
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Sostiene que ninguna autoridad puede impedir, de forma provisional ni cautelar, que el INE organice la elección del Poder Judicial
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio luz verde al Instituto Nacional Electoral (INE), al Senado de la República y demás autoridades para que continúen con la organización de la elección del Poder Judicial de la Federación (PJF), al señalar que las suspensiones emitidas por jueces no pueden frenar este proceso, al ser ‘constitucionalmente inviable’.
El asunto fue aprobado por tres votos a favor efectuados por Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, mientras dos en contra de Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.
La propuesta del magistrado Felipe Fuentes sostiene que ninguna autoridad puede impedir de forma provisional ni cautelar, que el INE y otras autoridades realicen sus obligaciones para la organización de la elección del Poder Judicial.
“Ninguna autoridad, poder u órgano del estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del proceso electoral extraordinario 2024-2025 para la elección de cargos en el Poder Judicial de la Federación”, señala el asunto que fue aprobado en sesión.
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¿QUÉ DICE LA PROPUESTA QUE BLINDA AL INE?
En su propuesta argumenta que la última reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución establece que no serán procedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir adiciones o reformas a la Constitución.
Subrayó que “las y los juzgadores de amparo no deben intervenir en una cuestión que está reservada a este Tribunal y, en consecuencia, sus determinaciones carecen de validez en este campo”.
La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, afirmó que se trata de otorgar medidas provisionales para que puedan continuar con las actividades de la elección judicial, ya que la Constitución establece que no se pueden otorgar amparos contra reformas constitucionales.
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El magistrado Felipe de la Mata sostuvo que las afectaciones por suspender la organización del proceso generarían una situación de inconstitucionalidad, “por lo que todas las autoridades involucradas se encuentran impedidas constitucionalmente para detener la implementación del proceso, porque se trata de un mandato expreso en la Constitución”.
En contra de la propuesta, la magistrada Janine Otálora argumentó que deben esperar al pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que aún no resuelve distintas consultas relacionadas con este tema.
También apuntó que el Tribunal no tiene competencia para revocar las suspensiones otorgadas por juzgados de distrito, aunque sí pretender decir que son inválidas para frenar la organización de la elección judicial.
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“De aprobarse, la decisión contribuirá a continuar enrareciendo este entramado litigioso alrededor de la reforma Constitucional en materia del Poder Judicial”, advirtió.
En el mismo sentido, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, dijo que pronunciarse de forma anticipada genera incertidumbre jurídica sobre las competencias dentro del Poder Judicial.
“La propuesta está extralimitando la competencia de la Sala Superior al conocer de manera directa o indirecta, el efecto es conocer sobre las suspensiones dictadas en materia de amparo, y es equivalente a validar o invalidar los efectos de resoluciones dictadas por juzgados de distrito”, señaló.
(Con información de El Universal)