¿El SAT puede quitarte dinero de tu Afore?... descubre cuándo aplica y cómo evitarlo

México
/ 15 julio 2025

Entérate en qué casos el Servicio de Administración Tributaria retiene impuestos de tus ahorros para el retiro y qué dice la ley al respecto

El ahorro para el retiro es una de las principales preocupaciones de millones de trabajadores mexicanos. Sin embargo, existe una duda frecuente entre quienes cotizan en una Afore: ¿puede el SAT quitar dinero de los fondos acumulados? La respuesta es sí, pero con condiciones claras y específicas establecidas por la ley.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de retener el Impuesto sobre la Renta (ISR) en ciertos casos, principalmente cuando los montos que un trabajador recibe al momento de su retiro superan lo que está legalmente exento de gravamen. Esta medida busca aplicar una política fiscal proporcional y equitativa.

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LO QUE DICE LA LEY DEL ISR SOBRE LAS AFORES

La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) en su artículo 93 establece que ciertos ingresos derivados de fondos para el retiro están exentos del ISR. Específicamente, las pensiones, jubilaciones, haberes de retiro y pensiones vitalicias provenientes de subcuentas como la de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, están protegidas siempre y cuando no excedan un límite diario.

La ley señala:

“Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez... cuyo monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente...”

Esto significa que si tu pensión o retiro diario no rebasa ese umbral, no estás obligado a pagar ISR sobre esos ingresos.

¿Y SI SUPERAS EL LÍMITE DE EXENCIÓN?

Si el monto recibido supera las quince veces el salario mínimo diario, el excedente sí está sujeto a impuestos. Así lo indica la fracción IV del artículo 93:

“Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.”

En ese caso, el SAT tiene la facultad de gravar únicamente la parte que sobrepasa el límite de exención. Esto quiere decir que no te quitan dinero arbitrariamente, sino que se aplica una retención sobre la parte que excede lo protegido por la ley.

¿QUÉ PASA SI RETIRAS TODO EN UNA SOLA EXHIBICIÓN?

Cuando decides retirar todos tus ahorros de la Afore en una sola exhibición, la situación cambia ligeramente. El artículo 96-Bis de la LISR regula esta modalidad, que cada vez es más común entre quienes no optan por una pensión mensual.

Aquí, la Afore —como institución que paga el monto— es la encargada de calcular, retener y enterar el ISR al SAT. La retención se aplica únicamente sobre el excedente, como lo establece la norma:

“El porcentaje que resulte conforme a la fracción anterior, será el que se aplique sobre el excedente del monto exento del total de los recursos que se entregarán...”

Por lo tanto, la parte exenta no se toca, y solo lo que excede ese umbral será gravado.

DATOS CURIOSOS SOBRE AFORES Y EL SAT

• El límite de exención mencionado en la ley equivale actualmente a poco más de $2,880 diarios (considerando el salario mínimo general de $248.93 en 2025).

• México tiene actualmente más de 70 millones de cuentas Afore registradas, y no todas superan los montos sujetos a ISR.

• Según la CONSAR, el retiro total en una sola exhibición representa más del 25% de las solicitudes de retiro de Afore.

• En algunos casos, se han detectado trabajadores que no sabían que su retiro podía causar impuestos, por lo que es recomendable consultar con un asesor financiero antes de hacer retiros grandes.

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¿CÓMO PROTEGER TUS AHORROS PARA EL RETIRO?

En resumen, sí, el SAT puede retener impuestos de tu Afore, pero solo en los casos en que el monto retirado supere los límites exentos establecidos por la ley. La LISR es clara al respecto: los montos menores a 15 veces el salario mínimo diario están protegidos. Además, en retiros en una sola exhibición, las Afores deben encargarse del cálculo y retención del ISR, evitando que el trabajador enfrente cargos adicionales inesperados.

Si estás por jubilarte o planeas disponer de tu ahorro, lo ideal es acercarte a tu Afore o a un asesor contable para conocer exactamente cuánto recibirás y si aplicará alguna retención.Así podrás tomar decisiones informadas y proteger el fruto de tu trabajo durante tantos años.

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Especialista en periodismo en tiempo real, pronóstico del clima, tendencias, política nacional y contenido de utilidad.

Con 15 años de experiencia en medios digitales, actualmente es editor breaking en Vanguardia MX. Licenciado en Diseño Gráfico, egresado de la Escuela de Artes Plásticas de la UAdeC. En diseño editorial, ha realizado proyectos de revistas impresas y digitales sobre cultura, arte y educación.

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