Jornada laboral de 40 horas: las 3 dudas que deben resolver las empresas

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México
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Estas son las tres preguntas clave sobre horas extra, descansos y control de horarios que deben considerar los empleadores.

La entrada en vigor de la reducción de la jornada laboral representa nuevos retos para las empresas en México. Entre las principales dudas están el manejo del tiempo extra, el registro de horarios y los periodos de descanso.

https://vanguardia.com.mx/informacion/jornada-de-40-horas-y-salario-minimo-como-cambia-tu-pago-a-partir-de-enero-de-2027-MP22691940

Especialistas en materia laboral señalaron que los empleadores deben comenzar a prepararse y revisar sus procesos para cumplir con las nuevas obligaciones y evitar problemas durante las inspecciones.

A partir del 1 de enero de 2027, la jornada máxima semanal pasará de 48 a 46 horas, como parte del proceso gradual hacia la jornada laboral de 40 horas.

1. ¿QUIÉN DECIDE SI SE TRABAJA TIEMPO EXTRA?

El tiempo extraordinario no puede ser decidido únicamente por el trabajador. De acuerdo con especialistas de D&M Abogados, debe existir una solicitud por parte del empleador y un registro que permita acreditar que ambas partes estuvieron de acuerdo.

Esto significa que un empleado no puede decidir por cuenta propia trabajar horas adicionales para compensar periodos en los que no realizó sus actividades durante su horario habitual.

Por ello, las empresas deberán establecer mecanismos claros para solicitar, autorizar y registrar las horas extra.

$!La entrada en vigor de la reducción de la jornada laboral representa nuevos retos para las empresas en México.

2. ¿CÓMO SE DEBE REGISTRAR EL DESCANSO PARA COMER?

La Ley Federal del Trabajo establece un periodo de descanso de al menos 30 minutos. Sin embargo, para las empresas es importante determinar si ese tiempo forma parte o no de la jornada.

Los especialistas recomiendan registrar la entrada, salida, regreso y finalización de la jornada. De esta manera, la empresa puede acreditar qué ocurrió durante el periodo de descanso.

También se aconseja establecer por escrito, tanto en el contrato como en el reglamento interior de trabajo, si el empleado puede salir del centro laboral durante ese periodo.

3. ¿EL DESCANSO CUENTA COMO PARTE DE LA JORNADA?

La respuesta depende de las condiciones en las que se tome el descanso.

Si el trabajador puede salir libremente del centro laboral y no permanece a disposición de la empresa, ese periodo no se considera parte de la jornada efectiva.

En cambio, si debe permanecer dentro de las instalaciones y continúa a disposición del empleador, el tiempo de descanso sí puede contabilizarse como tiempo efectivo de trabajo.

En caso de que esto provoque que se rebase el límite de horas establecido, el excedente puede considerarse tiempo extraordinario y deberá pagarse conforme a la Ley Federal del Trabajo.

https://vanguardia.com.mx/noticias/mexico/por-que-carlos-slim-se-niega-a-aceptar-la-jornada-laboral-de-40-horas-pide-que-empleados-trabajen-12-horas-y-hasta-los-75-anos-PH22161916

EMPRESAS DEBEN PREPARARSE PARA LA JORNADA DE 40 HORAS

Especialistas en Recursos Humanos recomiendan que las empresas no esperen hasta el último momento para realizar cambios.

Entre las medidas sugeridas están analizar cuántas horas se trabajan actualmente, identificar las horas efectivas, simular nuevos esquemas de operación y evaluar si será necesario contratar personal o modificar turnos.

La reducción de la jornada laboral también requiere preparar a líderes y trabajadores para el cambio. El objetivo será mantener la productividad y, al mismo tiempo, cumplir con las nuevas reglas laborales.

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Con más de 5 años de experiencia haciendo comunicación en temas de política, finanzas personales, economía, estilo de vida y contenido de utilidad.

Egresada de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, UNAM.

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