Aprueba Senado reforma a la Ley de la Propiedad Industrial
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Con esta medidad se sancionará hasta con 10 años de cárcel a quienes se dediquen a producir, almacenar, exportar o vender sin autorización productos protegidos con la denominación de origen en México
México.- El Congreso de la Unión avanza en la protección de productos mexicanos tradicionales que han obtenido la denominación de origen y enfrentan a bandas nacionales e internacionales dedicadas a su falsificación, distribución y venta.
El Senado de la República aprobó y turnó a la Cámara de Diputados una reforma al artículo 223 de la Ley de la Propiedad Industrial, el cual sanciona hasta con 10 años de cárcel a quienes se dediquen a producir, almacenar, exportar o vender sin autorización productos protegidos con la denominación de origen en México.
Al respecto, el diputado federal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Abel Salgado Peña, expuso que se buscará dictaminar en breve esta minuta y con ello cerrar el paso a la piratería de productos emblemáticos, ya que la falsificación es un grave problema de salud y un daño económico para miles de familias mexicanas.
Recordó que se analiza también una iniciativa de ley sobre indicaciones geográficas y denominaciones de origen, que busca combatir la problemática que enfrentan diversos productos, por la dispersión de la normatividad en materia de protección.
Por su parte, el senador Arturo Zamora Jiménez manifestó que la reforma aprobada a la Ley de Propiedad Industrial busca proteger 14 productos tradicionales mexicanos, que nos representan y son reconocidos en el mundo de las mafias dedicadas a la falsificación, distribución y venta.
Recordó que se tipifica como delito el producir, almacenar, transportar, introducir al país, distribuir, vender o exportar productos que se encuentren protegidos en la declaratoria general de protección a una denominación de origen, sin la autorización de uso respectiva.
Asimismo a quien fabrique, venda o ponga en circulación productos similares a los que se encuentren protegidos por una denominación de origen, utilizando cualquier tipo de indicación o elemento que genere confusión en el consumidor sobre su origen o calidad.
El legislador jalisciense expuso que las sanciones serán de dos a 10 años de prisión y multa por el importe de 100 a 20 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien cometa alguno de estos delitos.
Esta es una importante reforma que protege a los productores de 14 productos mexicanos protegidos por la denominación de origen, que son el tequila, mezcal, artesanías de Olinalá, talavera, el bacanora y ámbar de Chiapas, detalló.
Asimismo el café de Veracruz, el sotol, charanda de Michoacán, mango Ataulfo del Soconusco Chiapas, café Chiapas, chile Habanero de Yucatán, vainilla de Papantla y arroz de Morelos.
Zamora Jiménez, expuso que la industria tequilera nacional elabora la bebida más reconocida de México en el mundo, por lo que se debe proteger el tema de la calidad y la denominación de origen. La cadena productiva agave-tequila genera actualmente más de 60 mil empleos directos a escala nacional.
Entre los ocupados en este sector hay 17 mil 500 agricultores, quienes cultivan 100 mil hectáreas de agave mexicano en 181 municipios de cinco estados del país.