El Senado aprueba el decreto que crea la Guardia Nacional
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El proyecto de decreto del dictamen de la Ley Orgánica de la Guardia Nacional, obtuvo 114 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención; va a la Cámara de Diputados
En sesión extraordinaria, el Senado de la República aprobó las cuatro leyes secundarias relacionadas con la Guardia Nacional.
El proyecto de decreto del dictamen de la Ley Orgánica de la Guardia Nacional, obtuvo 114 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención; va a la Cámara de Diputados.
Mientras que el de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza se votó de la siguiente manera: 110 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención; va a la Cámara de Diputados.
El dictamen de la Ley Nacional del Registro de Detenciones obtuvo 14 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención; va a la Cámara de Diputados.
También se desahogó el dictamen de reforma por el que se adiciona y derogan la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública con 114 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.
Más temprano, Ricardo Monreal, líder de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), indicó que las bancadas de los partidos tuvieron una "actitud de buena fe, racional y constructiva de un mejor marco normativo para el cuerpo de seguridad".
Además, Monreal dijo que la Ley sobre el Uso de la Fuerza, la Ley sobre el Registro de Detenidos y las reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública estaban prácticamente terminadas. Mientras que para la Ley Orgánica de la Guardia Nacional, solo hacían falta algunos detalles en torno a la redacción sobre la cadena de mando, para asegurar que es 100 por ciento civil.
Estas son las leyes secundarias:
1. Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
-Las reformas a esta ley contemplan la formación y actuación de instituciones de policías en términos de la doctrina policial civil establecida en el artículo 21 constitucional.
-Se derogaron los artículos 113, 114, 115 y 116 de dicha ley, los cuales están relacionados con el registro administrativo de detenidos.
-Se establece la participación de las entidades federativas y los municipios con la Federación en materia de seguridad.
2. Ley de la Guardia Nacional
-Indica que la Guardia es una institución "de seguridad pública, de carácter civil, disciplinada y profesional, adscrita como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría".
-El cuerpo de seguridad tiene como objetivo salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas, así como preservas las libertades. Además de contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, salvaguardar los bienes y recursos de la Nación, y llevar a cabo acciones de colaboración y coordinación con entidades federativas y municipios.
-También deberá prevenir e investigar la comisión de delitos y faltas administrativas bajo la conducción y mando del Ministerio Público.
-La Guardia colaborará en materia de seguridad pública con entidades federativas y municipios, así como auxiliar al Poder Judicial de la Federación en el ejercicio de sus funciones.
-Los miembros de la Guardia podrán hacer uso de las armas que le sean autorizadas.
-También podrá llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para investigar y prevenir delitos.
-Al momento de detener a alguna persona, esta deberá ser informada sobre los derechos que tiene a su favor, establecidos en la Constitución.