Falla TEPJF a favor de la ‘ley Bonilla’
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Determina que la reforma no causa daño a los derechos político-electorales de quien interpuso la queja
CDMX.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó por por unanimidad la impugnación hecha por la ciudadana priista Luz María Flores Guarnero contra la “Ley Bonilla” que amplia el mandato de 2 a cinco años del gobernador electo Jaime Bonilla.
Los magistrados determinaron, en una sesión pública, que la reforma aprobada por el Congreso de Baja California no afecta los derechos político-electorales de Flores Guarnero y consideró falta de interés jurídico.
La denunciante argumentó en la solicitud de impugnación que su domicilio se encuentra en Nuevo León y también su afiliación.
A partir de esto, los magistrados señalaron que al estar afiliada en otra entidad no podía acreditar que es ciudadana de Baja California y por lo tanto no la consideran afectada por la llamada “ley Bonilla”.
... Y DAN REVÉS A ULISES RUIZ AL DEJARLO FUERA DE LA CONTIENDA
La Sala Superior del TEPJF confirmó anoche como improcedente el registro de Ulises Ruiz para participar en el proceso interno de renovación de dirigencia nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Los magistrados resolvieron que ni el Estatuto ni la Convocatoria permiten la combinación de apoyos (como pretendía Ruiz) y reiteró: el pleno del TEPJF ya resolvió el pasado 17 de julio que reunir los apoyos requeridos en la convocatoria no son requisitos adicionales.
Tras esta resolución, contenderán en la elección del 11 de agosto los candidatos a presidir el PRI Alejandro Moreno Cárdenas, gobernador con licencia de Campeche, Ivonne Ortega y Lorena Piñón.
El priista argumentó que el dictamen de la Comisión Nacional de Procesos Internos del PRI en el que se estableció como improcedente de su registro para participar en el proceso, fue indebidamente fundado y motivado, y no se permitió la combinación de apoyos, tanto de sectores del partido como de Comités Directivos Estatales (CDE).
DESECHA REVOCACIÓN DE CORRAL
El TEPJF también resolvió que debido a que vulneraría el principio de retroactividad, no puede aplicarse el proceso de revocación de mandato al gobernador de Chihuahua, Javier Corral, pues fue electo previamente a la inclusión de esa figura en la Constitución del estado.
Por ese criterio, la mayoría de los magistrados dieron la razón al Tribunal Electoral de Chihuahua, que confirmó la decisión del Instituto Electoral del Estado que declaró improcedente el inicio del proceso de revocación de mandato del gobernador solicitado por el ciudadano Óscar González.
Revisión. La Sala Superior resolvió ayer varios temas, entre ellos el registro de Ulises Ruiz y la revocación de mandato de Javier Corral.
Reasignan ‘Pluris’ en Congreso de BC
La Sala Superior del TEPJF. determinó modificar la asignación de diputados de representación proporcional realizada por la Sala Regional Guadalajara.
Los magistrados consideraron que fue incorrecta la forma en que se hizo el ajuste para cumplir con el principio de paridad.
Se dejó sin efecto la asignación como diputada propietaria a Claudia Elizabeth y se ordenó expedir constancia a favor de María Trinidad Vaca Chacón.