Los desatinos de Dos Bocas, obra magna de la Secretaría de Energía

Nacional
/ 27 septiembre 2020

En la prisa por arrancar la construcción de la refinería, Rocío Nahle García le sacó la vuelta a la normatividad de la administración pública

CDMX.- A pesar de que recurrir a empresas filiales de carácter privado para agilizar los procesos de contratación de obra pública permitió los desfalcos a Petróleos Mexicanos en los casos de Fertinal y Agronitrogenados, la Secretaría de Energía (Sener) ordenó a la petrolera recurrir a esta modalidad para la construcción de la refinería Dos Bocas.

Más aún tres altos funcionarios de Pemex cuyas cuentas bancarias fueron investigadas por la Fiscalía General de la República por el caso Odebrecht, fueron designados por la titular de la Sener, Norma Rocío Nahle García como apoderados legales de PTI Infraestructura de Desarrollo, SA de CV, la filial de Pemex para encargarse del megaproyecto energético de la Cuarta Transformación.

Las anteriores disposiciones directas de la titular de la Sener pasaron por alto un análisis de la Secretaría de la Función Pública (SFP) que advierte de los riesgos en materia de responsabilidades administrativas durante la construcción de la refinería Dos Bocas.

La SFP advierte que el uso de una filial para la contratación de obras y proveedores permitirá a los funcionarios de Pemex Transformación Industrial (Ptri) evadir su responsabilidad en caso de cualquier anomalía que se registre durante todo el proceso de edificación.

Para la titular de la Sener, Nahle García la urgencia del proyecto y el abaratamiento de los costos por los retrasos resultó más importante que el riesgo ya advertido por la Función Pública.

Para saltarse ese riesgo la titular de la Sener firmó convenios con la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, con la Auditoría Superior de la Federación y con la SFP para vigilar todos los contratos que la PTI Infraestructura de Desarrollo otorgue durante la construcción de Dos Bocas, lo anterior a pesar de que la Ley de Petróleos Mexicanos establece que las empresas filiales se rigen por el derecho privado.

Aunque la Ley de Petróleos Mexicanos, dispone que Pemex puede abrir empresas productivas subsidiarias que se rigen por las leyes de la administración pública y licitar los contratos más cuantiosos de obras y recursos es su obligación, el artículo 61 permite también a la petrolera constituir empresas filiales de carácter privado, sujetas al derecho privado de la ciudad o país en la que hayan sido creadas y no se consideran entidades paraestatales.

OMISIONES SIN CASTIGO

Por lo anterior no se puedan investigar y sancionar las omisiones e irregularidades que se puedan registrar en los contratos que celebre PTI Infraestructura de Desarrollo para la construcción de Dos Bocas, y de esta manera fue planteado por la SFP a Pemex ante el régimen especial que rige a sus filiales privadas.

El análisis realizado por la SFP deja muy en claro que al quedar PTI como único responsable de todas las acciones y actos jurídicos que se lleven a cabo para el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos previstos en este convenio, Ptri no será en ningún caso, ni en modo alguno responsable de los actos y omisiones de PTI, ni por las acciones y omisiones de cualquier contratista o proveedor de PTI encargado de ejecutar cualquier parte de (las) obligaciones de PTI, según lo establece este convenio”.

Ahora lo expuesto en su análisis por la SFP es utilizado judicialmente por dos funcionarios de Pemex que fueron inhabilitados por la Función Pública para revocar la sanción que se les impuso con el argumento de que ellos dirigían una filial privada de Pemex y no una de las empresas públicas subsidiarias, ambos funcionarios incurrieron en irregularidades en los casos de Agronitrogenados y Fertinal.

Pese a que la Función Pública determinó que ambos engañaron al Consejo de Administración de Pemex para que la petrolera comprara las plantas de fertilizantes a sobreprecio y en mal estado, provocando pérdidas millonarias, ellos se defienden señalando que no se les puede aplicar la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas.

Edgar Torres Garrido y Juan Manuel Carrera Panizzo acudieron al Tribunal Federal de Justicia Administrativa para impugnar las sanciones que les impuso la SFP en 2019.

Según documentos conseguidos por Proceso la orden de utilizar una filial de Pemex en Dos Bocas fue directa de la titular de la Sener quien por medio de un oficio fechado el 18 de febrero de 2019 da a conocer al director general de Pemex, Octavio Romero Oropeza que el proyecto de Dos Bocas no fuera asignado a un empresa subsidiaria de Pemex.

“…para la creación de la nueva refinería Dos bocas, hago de su conocimiento la necesidad de utilizar para este proyecto, una de las filiales de Petróleos Mexicanos, esto con el propósito de que la administración, conducción y organización de este macroproyecto pueda fluir en forma más ágil y organizada”, dice en su parte central el oficio girado por la Sener al director de Pemex. Con información de la revista Proceso

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