¿Qué es la Ley Olimpia Nacional, qué sanciona?, ley contra la violencia digital

Nacional
/ 7 noviembre 2020

Las penas establecidas en esta reforma pueden ser mayores cuando el delito es cometido por el cónyuge, concubinario o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza

El Senado de la República aprobó este jueves por unanimidad, con 87 votos a favor, la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como al Código Penal Federal para castigar la violencia digital.

La reforma, mejor conocida como Ley Olimpia Nacional, reconoce la violencia digital como un tipo de violencia contra las mujeres que incluye acoso, hostigamiento, amenazas, insultos y vulneración de información privada, así como la difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotos, videos o datos personales a través de internet, redes sociales, correo, apps, o cualquier otro espacio digital.

La Ley Olimpia Nacional establece una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quien cometa violencia digital, acciones dolosas realizadas a través de un medio digital y mensajes o declaraciones que vulneren la integridad, privacidad, intimidad y derechos humanos de las personas, en especial de las mujeres.

Estas acciones dolosas incluyen exponer, distribuir, difundir, exhibir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartir fotos, audios o videos reales o alterados de contenido sexual sin consentimiento de la persona afectada.

Las penas establecidas en esta reforma pueden ser mayores cuando el delito es cometido por el cónyuge, concubinario o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza. También pueden aumentar si el delito es cometido por un servidor público.

Se establecen además agravantes si el delito se comete contra una persona que no comprende el significado del hecho o no tiene capacidad para resistirlo, como un menor de edad o una persona con discapacidad mental; si se hace con fines de lucro, o si se atenta contra la integridad y la vida de la víctima.

Además, la reforma sanciona la violencia mediática, definida como todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y niñas, difunda mensajes de odio sexista, discriminación de género o cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

En estos casos, el Ministerio Público o el juez podrán ordenar de manera inmediata medidas de protección, como ordenar a las plataformas digitales, medios de comunicación o redes sociales que interrumpan, bloqueen, destruyan o eliminen las fotos, audios o videos relacionados con las investigaciones sobre estos delitos.

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Como surgió la Ley Olimpia Nacional

Olimpia Coral Melo, originaria de Huachinango, Puebla, es una víctima de ciberviolencia.

Según contó en entrevistas, cuando tenía 18 años grabó un video sexual con su ahora exnovio y con quien llevaba entonces una relación de seis años. Pronto el video comenzó a circular por redes sociales volviéndose viral y debido a que en este se veía rostro, Olimpia comenzó a ser señalada y discriminada en su comunidad.

Su exnovio negó ser él quien quien difundió el video y comenzó a alejarse de ella. Su caso incluso llegó a medios de comunicación locales que lucraron con la vergüenza social que sufrió. Olimpia cayó en una depresión e intentó suicidarse.

Afortunadamente Olimpia Coral entendió que ella era un víctima de lo que estaba ocurriendo por lo que decidió acudir al Ministerio Público a denunciar, pero sólo recibió burlas como respuesta.

Pese a ello decidió no detenerse ahí y comenzó a estudiar e informarse lo que la llevó a pensar en escribir un proyecto de reforma al Código Penal para Puebla, sobre la ley de delitos contra la intimidad sexual, y el cual hoy es conocido como “Ley Olimpia”.

¿En qué ciudades está instaurada la Ley Olimpia?

Ciudad de México
Aguascalientes
Baja California
Baja California Sur
Campeche
Chiapas
Coahuila
Durango
Estado de México
Guanajuato
Guerrero
Jalisco
Michoacán
Nuevo León
Oaxaca
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Querétaro
Tlaxcala
Veracruz
Yucatán
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