Ordena CIDH a México eliminar prisión preventiva oficiosa

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Piden al Estado mexicano adecuar su ordenamiento jurídico a los estándares internacionales
CDMX.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) encontró como responsable al Estado mexicano por la violación de los derechos en el caso de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes fueron enviados a prisión preventiva oficiosa durante 17 años.
En un comunicado el presidente de la CIDH, Ricardo Pérez, indica que México debe adecuar a estándares internacionales su ordenamiento jurídico interno sobre la prisión preventiva oficiosa y el arraigo.
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“Esta Corte ordena al Estado, como lo ha hecho en otros casos, adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para que sea compatible con la Convención Americana”, indica el documento.
El abogado y defensor de Derechos Humanos, Simón Hernández León, celebró este fallo histórico en el que promueven una adecuación al artículo 19 de la Constitución con el fin de eliminar la figura de prisión preventiva.
La CorteIDH encontró a México responsable de violaciones a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley, y la presunción de inocencia contra García Rodríguez y Alpízar Ortiz.
Los señalados permanecieron en prisión preventiva durante 17 años, el periodo más largo que alguien ha estado en la cárcel sin sentencia en México. En 2019 quedaron bajo arresto domiciliario con el uso de brazaletes electrónicos y en 2022 fueron condenados a 35 años de cárcel.
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“Para esta Corte es claro que la extensión por más de 17 años de la prisión preventiva significó (...) que se aplicara a los procesados una pena encubierta sin una condena, puesto que constituyó una medida punitiva sin previo juicio (...) y por un lapso que excede todo plazo razonable, ya que este correspondió aproximativamente a la mitad de la pena que se impuso en la sentencia condenatoria”, señala el fallo de la Corte.
“Los maltratos psicológicos que fueron descriptos por Daniel García son de una extrema severidad, pues consistieron en amenazar y detener a sus familiares y seres queridos. Además, buscaban una finalidad precisa que consistió en obtener su confesión y firma de documentos implicando a otras personas”, añadió la CIDH.
En el fallo también ordenan al estado mexicano a pagar las indemnizaciones a ambas víctimas por conceptos de daños materiales e inmateriales, además de investigar y sancionar a los responsables de los actos de tortura que sufrieron los sentenciados.