En SCJN: derechos y equidad en guarderías

Politicón
/ 29 junio 2016

En la Suprema Corte de Justicia de la Nación dos temas importantes para mujeres (y hombres, verá por qué) podrían discutirse hoy.

Tienen qué ver con el ISSSTE e IMSS y los fallos podrían abrir la puerta a transformaciones institucionales. Uno es discutir la constitucionalidad o no el delito de aborto basado en un amparo y otro decidirá sobre si los hombres —o al menos un padre— tiene derecho, en igualdad con las mujeres, a que sus hijos vayan al servicio de guarderías del IMSS.

Vamos uno por uno.

Uno.- Hoy se votará el proyecto de amparo que elaboró el ministro Arturo Zaldívar, con el cual se discutirá la despenalización del aborto. Y sí, podría ser para todo el País.

El amparo lo presentó Margarita Pino Salazar, a quien le fue negado un aborto en el Hospital 20 de Noviembre del ISSSTE en 2013, a pesar de que era una recomendación médica. Finalmente se lo realizó en una clínica privada.

En caso de aprobarse el amparo, se propone reformar del Código Penal Federal los artículos 332 y 334.

El primero de ellos, el 332 contiene premisas que son francamente mmm, dudosas:

“Se impondrán de seis meses a un año de prisión, a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren estas tres circunstancias:

I.- Que no tenga mala fama;

II.- Que haya logrado ocultar su embarazo, y

III.- Que éste sea fruto de una unión ilegítima. Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le aplicarán de uno a cinco años de prisión”.

El artículo 334 plantea excepciones a la pena: “Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada o el producto corran peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuera posible y no sea peligrosa la demora”.

Esta ley es federal, recuerde. Cada Estado tiene causales diferentes para permitirlo y sólo en la CDMX está completamente despenalizado hasta las 12 semanas.

Al presentar su proyecto de amparo, Zaldívar consideró que “El aborto es un drama humano para cualquier mujer. Criminalizarla no es una solución que pueda sostenerse desde el punto de vista constitucional... Condenarla a la cárcel, a la clandestinidad, a poner en riesgo su salud, su vida, implica desconocer el valor que tiene como persona, cuyos deseos e intereses son relevantes y ponderables en la difícil cuestión de la interrupción del embarazo”.

Por lo pronto, el amparo será discutido en la Primera Sala y beneficiaría solamente a Pino Salazar. La discutirán los ministros Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Norma Lucía Piña Hernández. Si se vota porque pase a Pleno y es aprobado sentaría las bases para la despenalización del aborto en todo el País.

Dos.- Otro de los pendientes que tendrán que resolver en los próximos días —ya lleva dos semanas en lista de espera— es uno clave para la igualdad entre hombres y mujeres. Se discutirá en la Segunda Sala. Veremos si Antonio, un padre trabajador (que no es viudo ni tiene en custodia a sus hijos) puede inscribirlos a la Guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social como sí pueden las mujeres derechohabientes.

Este amparo llega a nuestro máximo tribunal judicial, luego que la esposa de Antonio perdiera su empleo, donde cotizaba en el IMSS, y por lo tanto el derecho a que su hijo fuera a la guardería. Él tiene IMSS, pero no lo reciben: los padres no pueden a menos de que se den los requisitos antes mencionados. Ya sabe: cuidar a los niños se sigue percibiendo como responsabilidad exclusiva de las mujeres. Los requisitos discriminadores están estipulados en la Homoclave IMSS-01-006:

Para un trabajador viudo: Deberás presentar los documentos anteriores (comprobante de vigencia de derechos, impresión de CURP, Constancia de la empresa en la que trabajas, que deberá contener: nombre o razón social de la empresa, horario de trabajo, días de descanso, periodo vacacional, firma del patrón o representante) y el acta de defunción de la madre del menor”.

Si eres trabajador divorciado: “También deberás presentar el documento legal que acredite la patria potestad del menor junto con los documentos del trabajador afiliado”. ¿Qué podría costar mucho más al IMSS si hay, como suponemos, padres que quieren que sus hijos tengan ese beneficio? Sí. Sin duda. La equidad cuesta.

COMENTARIOS

TEMAS
NUESTRO CONTENIDO PREMIUM