Sentencian a dos años de prisión a integrante de radio comunitaria de Monterrey
COMPARTIR
TEMAS
Héctor Camero fue sentenciado a dos años de prisión por ejercer su derecho a la Libertad de Expresión, informó la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc), al tiempo que condenó la decisión con la que el Poder Judicial "incumple obligaciones en materia de Libertad de Expresión y Derechos Humanos signadas por el Estado Mexicano".
México, D.F.- El día de hoy Héctor Camero, integrante de la Radio Comunitaria Tierra y Libertad, fue notificado de la sentencia en su contra por el delito de uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico sin autorización previa.
En su resolución, el Juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, haciendo uso del artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales, establece una pena de dos años de prisión, multa mayor a 15 mil pesos e inhabilitación de los derechos civiles y políticos de Héctor Camero.
Este proceso penal contra Camero se inició en 2008 a raíz del operativo para desmantelar y asegurar el equipo de transmisión de Radio Tierra y Libertad, dicho cierre fue realizado por más de 120 elementos de la Policía Federal Preventiva, con uso excesivo de la fuerza pública y violentando las garantías del debido proceso legal.
En su momento, diversas organizaciones solicitaron el cese del proceso penal al considerarlo plagado de irregularidades, recordemos que en un inicio Héctor Camero fungía como testigo del caso y drásticamente el Ministerio Público, sin aportar nuevos elementos, cambió su calidad a la de indiciado.
A pesar de todos los insumos probatorios y argumentativos que la Asociación Mundial de Radios Comunitarias de México (AMARC-Mx) proporcionó para que Héctor Camero fuese absuelto, por no haber delito que perseguir, el juez penal federal optó por dictar una sentencia que se aparta de las recomendaciones formuladas por diversos organismos internacionales.
La AMARC-Mx condena está decisión y apelará la sentencia del Juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, en defensa del ejercicio de la libertad de expresión consagrado por el artículo 6° de la Constitución Mexicana.
La asociación le recuerda al Estado Mexicano lo señalado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el sentido de que es fundamental que los Estados no hagan un uso desproporcionado del derecho sancionador en asuntos relacionados con el derecho a la libertad de expresión y, en este sentido, resulta urgente que los marcos jurídicos se adecuen a los estándares interamericanos en materia de igualdad y no discriminación.
"Con esta sentencia se demuestra, una vez más, la urgente necesidad de un marco normativo que reconozca las características propias de las radios comunitarias y que sea apegado a los estándares internacionales de la materia, estableciendo un proceso claro que les brinde certeza jurídica", señaló la Amarc.
"Es importante resaltar que Radio Tierra y Libertad desde el año 2002 tramitó su solicitud de permiso y no obtuvo respuesta sino hasta el año 2009 en que le fue otorgado, mostrando así su ánimo de legalidad y cumplimiento con el marco normativo existente".
Recordaron que el proyecto Radio Tierra y Libertad inició para dar voz a los habitantes de la colonia Tierra y Libertad, constituida principalmente por trabajadores/as de las fábricas de Monterrey.
"Esta radio es la única en la región que toca temas vinculados con la problemática cotidiana de los pobladores. Aborda, desde diversos aspectos, los derechos humanos laborales y la seguridad en el trabajo, educación, salud, cultura, género e igualdad, desde el punto de vista de las comunidades obrero marginales de Monterrey", concluye la asociación.
Para mayor información sobre el caso de Héctor Cámero y la Radio Comunitaria Tierra y Libertad: http://www.amarcmexico.org/radiosagredidas/3007.html