EU castigaría con cárcel sitios de películas online
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Los responsables de sitios que ofrecen películas, series y otros contenidos con derechos de autor podrían enfrentar hasta cinco años de prisión
Un comité del Senado estadounidense aprobó una medida para castigar, hasta con cinco años de cárcel, a las plataformas que se lucran al ofrecer vídeos y películas de manera no autorizada en Internet vía "streaming", es decir, a través de páginas web y otros soportes y sin necesidad de almacenarlos en la computadora.
La medida, denominada "Un proyecto de ley para modificar la disposición de sanción penal por infracción del derecho de autor, y para otros fines", tendrá que ser ahora debatida en el pleno de la Cámara alta.
Bajo la ley actual, "reproducir" y "distribuir" obras con derechos de autor son delitos graves, incluido el intercambio de ficheros entre usuarios (P2P) y las descargas de Internet, generalmente videos y música.
Sin embargo, el "streaming" estaba considerado como una "proyección pública", en vez de un acto de "distribución". Proyectar en público una película o un video sin la licencia adecuada no es un delito grave.
No obstante, según el proyecto de ley S.978 aprobado por el Comité Judicial del Senado, la proyección pública se añade a la lista de delitos graves, por lo que, de aprobarse, infringir esta ley podría acarrear sanciones económicas y prisión.
Los responsables de páginas web que ofrecen películas, series y otros contenidos con derechos de autor de manera no autorizada podrían enfrentar hasta cinco años de cárcel y multas si ponen 10 o más de estos contenidos "públicos" en Internet en un periodo de 180 días, informó la agencia Efe.
También serían penados si el total de los contenidos publicados supera los 2.500 dólares en el mercado de venta o las licencias que deberían haber pagado por ese material tienen un costo superior a los 5.000 dólares.
La iniciativa fue introducida por la senadora demócrata (Minesota) Amy Klobuchar, con el apoyo de senador demócrata (Delawer), Christopher Coons, y el republicano John Cornyn, (Texas).
Fuente: iprofesional.com