Destituye SCJN presidente del Tribunal Superior de Justicia de Chihuahua

Nacional
/ 3 abril 2018

Julio César Jiménez Castro deja el cargo y llamarán a nuevas elecciones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Tribunal Superior de Justicia del estado de Chihuahua deberá designar un nuevo presidente de ese organismo, al considerar que hubo una intromisión indebida del Poder Legislativo en decisiones que correspondían a los integrantes del Poder Judicial de esa entidad.

Al analizar la controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Chihuahua en contra de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de esa entidad, en la que se demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial local, el máximo tribunal del país determinó que es inconstitucional el artículo segundo transitorio de esa legislación, motivo por el cual fue cesado en sus funciones el magistrado Gabriel Sepúlveda.

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En estas sesiones de Pleno, la SCJN analizó la “libertad configurativa”, es decir los alcances que tienen los congresos locales para legislar, y los ministros coincidieron en que esa libertad legislativa no es irrestricta, y por ello se consideró que el artículo segundo transitorio por el cual se destituyó al magistrado Gabriel Sepúlveda, fue una norma que se hizo con dedicatoria.

Los integrantes de la Corte votaron por unanimidad la declaratoria de inconstitucionalidad el artículo segundo transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado de Chihuahua, con el cual se destituyó a Gabriel Sepúlveda y llevó a la designación del magistrado Julio César Jiménez Castro.

Una vez que los integrantes de la SCJN establecieron esta inconstitucionalidad, también determinaron que es imposible restablecer en el cargo a Gabriel Sepúlveda por haber concluido el plazo para el que había sido electo, se ordenó que con total libertad —una vez que se notifique el fallo del máximo tribunal—, el Poder Judicial de Chihuahua elija un nuevo presidente.

En esta sesión, también se declaró la validez del artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Chihuahua, y con ello los requisitos que se imponen para quien deba dirigir el Tribunal Superior de Justicia de esa entidad, entre los que se imponen haber desempeñado el cargo de magistrado durante un periodo mínimo de cinco años ininterrumpidos.

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