Padres pueden decidir qué apellido va primero
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De la misma forma, el nombre propio será puesto libremente por quien registre el nacimiento de una niña o niño y los apellidos serán uno de cada uno de los padres, pero si son varios hijos o hijas nacidos de la misma pareja, no podrá imponérseles el mismo nombre propio
Los padres de familia de Coahuila tendrán la facultad de decidir si sus hijos llevan primero el apellido de la madre y no el del papá como se realiza tradicionalmente, luego que ayer el Congreso del Estado aprobó diversas modificaciones legales.
La legislación recién avalada contempla que en los casos de desacuerdo sobre el orden que deben tener los apellidos, será el oficial del Registro Civil quien lo decida atendiendo el orden alfabético o a través de un sorteo.
Las reformas aprobadas fueron iniciativa de la diputada Martha Garay Cadena, de extracción priísta, quien argumentó que la primacía del apellido paterno constituye un acto de discriminación entre hombres y mujeres.
“Es un trato desigual hacia las mujeres, reforzando los estereotipos que las denigran, por lo que la imposibilidad legal de registrar los apellidos maternos de cualquiera de los padres implica el considerar que las mujeres tienen una posición secundaria en las relaciones familiares”, esgrimió.
Garay Cadena dijo que al permitir en el registro de un niño o una niña, el establecimiento de los apellidos maternos de los padres, se busca eliminar la brecha de desigualdad que a lo largo de la historia ha afectado a las mujeres con el fin de seguir fortaleciendo su empoderamiento.
El Legislativo estatal aprobó en sesión ordinaria diversas reformas a los artículos 18, 20 y 23 de la Ley para la Familia de Coahuila, y ahora establece también que si una pareja tiene varios hijos, no se les podrá poner el mismo nombre propio.
En la sesión, en primer término, los diputados locales aprobaron por unanimidad que los padres de familia decidirán juntos el orden de los apellidos de sus hijos, según se asienta en el artículo 20 del citado ordenamiento:
“Los padres acordarán el orden de los apellidos, en caso de desacuerdo, a efecto de salvaguardar el derecho a la identidad de la niña o el niño, el o la oficial del Registro Civil elegirá, tomando en cuenta únicamente los apellidos propuestos por cada uno de los padres, el que corresponda por orden alfabético o, en su caso, por sorteo”.
De la misma forma, el nombre propio será puesto libremente por quien registre el nacimiento de una niña o niño y los apellidos serán uno de cada uno de los padres, pero si son varios hijos o hijas nacidos de la misma pareja, no podrá imponérseles el mismo nombre propio.
Desde octubre del año pasado, los padres de familia están en su derecho de elegir el orden de los apellidos de sus hijos (sea primero el del padre o el de la madre) según determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al amparar a una pareja para que el Registro Civil expida las actas de nacimiento de sus dos hijas con los apellidos en el orden deseado por los padres.