SCJN aprobó dos amparos más para mariguana recreativa
Al haber sido avalados los proyectos, los consumidores pueden solicitar un permiso para su uso recreativo a la Cofepris
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó dos amparos más que permiten el uso y el cultivo de la mariguana con fines recreativos a quien solicite un permiso.
De acuerdo con Reforma, la Primera Sala debatió dos proyectos de sentencia de los ministros Arturo Zaldívar y Norma Piña, quienes plantearon que fueran invalidados artículos de la Ley General de Salud que prohíben la autorización para sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer, transportar y adquirir legalmente la semilla de la cannabis.
"La declaratoria de inconstitucionalidad anterior no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas, en el entendido de que respecto de estos actos no existió solicitud y el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad no debe perjudicar a terceros", indicaron.
Además los ministros expusieron, que esas normas violan los derechos humanos a la dignidad, pluralismo, personalidad, propia imagen, libertad personal y corporal, así como la salud propia, pues "el autoconsumo privado de mariguana no daña a terceros".
Al haber sido avalados los proyectos, los consumidores pueden solicitar un permiso para su uso recreativo a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), sin embargo se establece que no podrán vender, ni distribuir sus cultivos.
De aprobarse, sumarían cinco los amparos concedidos para los mismos fines y constituirían una jurisprudencia obligatoria en todos los juzgados y tribunales del país.