Sedesol debe entregar justificación para recabar datos biométricos
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El INAI pidió a la Secretaría de Desarrollo Social buscar y entregar el documento en el que conste la finalidad y justificación para levantar datos biométricos cuando se registra a un beneficiario
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información pidió a la Sedesol buscar y entregar el documento en el que conste la finalidad y justificación normativa para levantar datos biométricos cuando se registra a una persona en algún padrón de beneficiarios.
Leer más: Sedesol deja mil 500 mdp sin gastar En la petición está incluido el Programa de la Televisión Digital Terrestre. Además, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) deberá dar a conocer el escrito que dé cuenta de los datos biométricos recabados, por padrón, y aquel en el que conste el consentimiento expreso de las personas.
El particular que solicitó esa información, se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
Ello, luego de que la Sedesol señaló no contar con los documentos solicitados y lo orientó a dirigir su petición a las direcciones responsables de ejecutar cada programa.
En el caso específico del Programa de Trabajo para la Transición a la Televisión Digital Terrestre, le sugirió presentar su petición ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Leer más: Sedesol asegura que faltan por entregar sólo 2 millones de pantallas Sin embargo, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, se advirtió que el Padrón Único de Beneficiarios, administrado por la Sedesol, contiene, entre otros datos, el indicador de la existencia del dato biométrico de la huella digital y del iris del beneficiario.
Respecto del Programa de la Televisión Digital Terrestre, se verificó que el convenio de colaboración celebrado por la SCT con la Sedesol, contiene una cláusula, mediante la cual Comunicaciones y Transportes se compromete a proporcionar a la dependencia el padrón con los datos actualizados de recepción de los equipos por parte de los beneficiarios.
Así como todos los datos biométricos y documentos electrónicos asociados con la entrega, por lo que se concluyó que la búsqueda hecha por la Sedesol fue limitativa porque no buscó los documentos en todas sus unidades administrativas competentes.
Como son las subsecretarías de Desarrollo Social y Humano, la de Desarrollo Comunitario y Participación Social, y la de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional.
Al presentar el caso ante el pleno, el comisionado Monterrey Chepov dijo que es comprensible que un particular solicite conocer la finalidad y justificación para recabar datos biométricos, ya que para ser beneficiario se exige la captura de las diez huellas digitales y la fotografía del iris.
Bajo estos argumentos, el pleno del INAI revocó la respuesta de la Sedesol y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva en todas sus unidades competentes, sin omitir a las antes señaladas, a fin de que entregue el particular los documentos de su interés.