Juez absuelve a presunto violador de menor por tecnicismo legal en Coahuila
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De acuerdo al Código Penal vigente, la menor no tenía 12 años, que es la edad tope para inculpar por este delito, sino tenía 12 años con 6 meses y 18 días
Monclova, Coahuila. En un hecho histórico para Coahuila, el juzgado del nuevo sistema de justicia penal acusatoria y oral absolvió a un violador sexual al que declaró inocente por cuestión de edad de su pequeña víctima, ya que de acuerdo al Código Penal la menor no tenía 12 años, que es la edad tope para inculpar por este delito, sino tenía 12 años con 6 meses y 18 días.
Inconforme con la sentencia dictada por los jueces Olga Deyanira, Graciela Nava y Pedro Valdés, la Procuraduría de Justicia del Estado apelará dicha resolución dictada a favor de Eleazar Alvarado Moreno.
El delegado regional de la PJE en Monclova, Santos Vázquez Estrada, dijo que es respetuoso de esta sentencia pero que no comparte el criterio en el que la basaron.
Los jueces dicen que sí hubo una relación sexual con la menor pero que ésta menor tiene 12 años y 6 meses y que por eso ya no hay delito, no obstante que el artículo dice hasta 12 años que tenga copula con una persona, y para nosotros 12 años es cuanto no tengas 13, puede tener 12 años y días o meses sin pasar de 13, declaró visiblemente molesto el delegado.
Ese criterio fue el que tuvo el juez que le dicto auto de vinculación, el que resolvió orden de aprehensión, el que le fijo la medida cautelar y es el criterio que tienen magistrados de la sala penal del tribual superior de justicia de Coahuila, ellos fueron en contra de todos los criterios, destacó.
Declaró que entonces seguramente tendrá la PGJE una revocación del recurso de apelación de esa sentencia, el problema va a ser, si el acusado nos esperará en la ciudad para cuando salga la orden de aprehensión, o si se fugará, misma que deberpa resolverse en 5 días hábiles después de presentarla.
Colegio de abogados, satisfecho con absolución
Luis Fernando González Cifuentes, presidente del Colegio de Abogados de Monclova dijo estar satisfecho del logro obtenido por su compañero Baltazar Rico Almanza, miembro de dicho Colegio, quien consiguió que el presunto quedara absuelto de toda responsabilidad de violación sexual.
El (Eleazar Alvarado Moreno) es inocente porque no se le pudo comprobar un elemento de tipo penal, el código penal marca que el delito se comete con personas que tienen edad tope de 12 años de edad y en este caso cuando ocurren los hechos la menor tenía más de 12 años, es decir 12 años 6 meses y 18 días, ya estaba rebasando el tope que marca el código penal, indicó.
El presidente del colegio de abogados considera que ésta sentencia fue apegada a derecho y la calificó como transparente y clara, y dijo que con este tipo de juicios se recupera la confianza de la impartición adecuada de la ley y la justicia y advirtió que no podrá ser juzgad dos veces por el mismo delito, ya que es una garantía constitucional.
El nuevo sistema de juicios orales se implementó el 1 de junio de 2013, y la primer sentencia que se dictó fue condenatoria por un homicidio, esta es la segunda sentencia por el delito de violación equiparada, y el juez encontró inocente al acusado, Eleazar Alvarado Moreno.