Congreso analiza aumento a gastos electorales de campañas en Coahuila
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El Congreso del Estado de Coahuila analizará la iniciativa de reforma al Código Electoral para ampliar el margen de gastos de campaña mediante mayores aportaciones de simpatizantes, militantes y recurso público, que en el caso de la gubernatura el tope será equivalente al 70% del financiamiento público de campaña para todos los partidos (Artículo 16). Actualmente, el tope es del 25%.
En el Artículo 60 referente al financiamiento privado, se indica que para el caso de aportaciones o cuotas de militantes, individuales u obligatorias, ordinarias o extraordinarias, en dinero o en especie, no podrá exceder en su conjunto del 40% del monto total de financiamiento público otorgado a cada uno de los partidos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y también de campaña en el año en que se lleve a cabo la jornada electoral.
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El ordenamiento actual refiere que para el caso de las aportaciones de militantes, es el 2% del financiamiento público otorgado a la totalidad de los partidos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y precampañas en el año de que se trate.
Para el caso de aportaciones de precandidatos y candidatos para el financiamiento de precampañas y campañas, las aportaciones no podrán exceder en su conjunto del 15% del monto total de financiamiento público otorgado a cada partido para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y de campaña, refiere la iniciativa presentada por el PRI y el PVEM en el Congreso del Estado.
Actualmente, el Artículo refiere que para el caso de las aportaciones de candidaturas, así como de simpatizantes durante los procesos electorales, será el 10% del tope de gasto para la elección de Gubernatura inmediata anterior, para ser utilizadas en las campañas de sus candidaturas
Además, para el caso de las aportaciones voluntarias y personales que realicen los simpatizantes durante la actividad ordinaria y en los procesos electorales locales para ser utilizadas en las etapas de precampaña y campaña, las aportaciones no podrán exceder, en su conjunto, del 20% del tope de gasto para la elección de Gubernatura inmediata anterior.
Por ahora, señala que cada partido determinará libremente los montos mínimos y máximos y la periodicidad de las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus militantes, así como de las aportaciones voluntarias y personales que los precandidatos y candidatos aporten exclusivamente para sus precampañas y campañas.
Se establece que las aportaciones de simpatizantes, militantes, precandidatos y candidatos, tendrán como límite individual anual el 2% del tope de gasto para la elección de gubernatura inmediata anterior. En todos los casos, el IEC garantizará que los que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.
En este momento, las aportaciones de simpatizantes y militantes, tienen como límite individual anual el 0.5% del tope de gasto para la elección de gubernatura inmediata anterior.
Para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos, el Consejo General del IEC determinará anualmente el monto total por distribuir entre los partidos conforme a lo siguiente: multiplicará el número total de ciudadanas y ciudadanos inscritos en el padrón electoral estatal, a la fecha de corte de septiembre de cada año, por el 65% de la Unidad de Medida y Actualización en su valor diario vigente en el estado, en vez del salario mínimo.
Se añade que los partidos políticos nacionales que no tuvieren derecho a financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias, el año de la elección de que se trate, les corresponderá solamente financiamiento para gastos de campaña.