Congreso de Coahuila aprueba Ley de Desarrollo Forestal Sustentable

Coahuila
/ 15 noviembre 2022

Se ajusta al ordenamiento de carácter federal en la materia

El Congreso del Estado de Coahuila aprobó la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable, que contempla sanciones de 40 a 30 mil unidades de Medida y Actualización (de tres mil 848 a dos millones 886 mil pesos) y clausura temporal o definitiva, parcial o total de las instalaciones, maquinaria y equipos de los centros de almacenamiento y transformación de materias primas forestales, por violar el ordenamiento.

Además, el infractor deberá realizar las acciones para devolver el bien forestal al estado que tenía antes de la comisión de la infracción o, en su caso, a la restauración o compensación que la autoridad determine, con plazos de cumplimiento, y el pago de las multas impuestas no lo eximirán de esta obligación.

La Ley, presentada por el gobernador Miguel Angel Riquelme Solís, se ajusta al contenido de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de orden federal.

Las infracciones aplicarán por obstaculizar al personal autorizado realizar las visitas de inspección; omitir el cumplimiento de obligaciones que garanticen la protección contra el fuego en terrenos forestales o preferentemente forestales; realizar quemas en terrenos agropecuarios en forma negligente que propicie la propagación del fuego a terrenos forestales vecinos.

Por incumplir con la obligación de dar los avisos o presentar los informes de ley; provocar intencional o imprudentemente incendios en terrenos forestales, y causar daño o deterioro a los ecosistemas forestales.

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También se podrá asegurar la documentación forestal de movilización de productos y materias primas forestales, así como de los bienes, vehículos, utensilios, herramientas, equipo y cualquier instrumento relacionado con la acción u omisión que origine la penalización.

De igual manera, podrá imponerse la suspensión parcial o total de los aprovechamientos autorizados o de la actividad de que se trate, y el arresto del infractor o infractores hasta por 36 horas.

Las sanciones dependerán del daño causado, el beneficio obtenido, el carácter intencional o no de la acción u omisión, el grado de participación, las condiciones económicas, sociales y culturales del infractor y la reincidencia.

La Ley de Desarrollo Forestal Sustentable impulsará la participación directa de los propietarios y poseedores de los recursos forestales en la protección, conservación, restauración, vigilancia, aprovechamiento, cultivo, transformación y comercialización de los mismos.

Además, se promoverán programas de prevención, capacitación y combate de incendios forestales, que serán combatidos de manera inicial por los municipios, se sumará el Gobierno del Estado y, de ser necesario, la Federación.

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