Edil de Arteaga utilizó recursos públicos durante período electoral; Tribunal pone sanción en manos de ayuntamiento
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La queja fue presentada por el Partido Verde Ecologista de México, señalando que Durán colocó un espectacular publicitario fuera del tiempo permitido, pagado con fondos del ayuntamiento
El Tribunal Electoral del Estado de Coahuila acreditó que el alcalde de Arteaga, Ramiro Durán García, utilizó recursos públicos durante las pasadas elecciones, por lo que deberá ser sancionado por el propio ayuntamiento que encabeza.
La queja que derivó en el expediente TECZ–PES-06/2024 fue presentada por la representación del Partido Verde Ecologista de México durante el período electoral 2024, donde se denunció que, además de que el alcalde había realizado campaña gubernamental fuera del tiempo permitido, los pagos fueron erogados desde las arcas municipales.
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De acuerdo con la denuncia, cuyos actos fueron analizados y comprobados por el Tribunal, la falta se cometió a través de la instalación de un espectacular colocado en el municipio, donde se hizo alusión al segundo informe de actividades de Ramiro Durán como Presidente Municipal.
“El anuncio se colocó en un puente peatonal, el cual es propiedad del municipio de Arteaga, y se insertó la leyenda ‘Juntos por Arteaga’, y debajo un grupo de personas de blanco con la leyenda ‘Juntos por la Salud’. La propaganda se colocó para publicidad de logros de acciones gubernamentales, cuestión que el alcalde reconoció”, indicó el magistrado que propuso el proyecto, Alejandro Santos.
Como medios probatorios, el Tribunal analizó las fotografías de prueba, documentaciones, actas, así como la documentación vía transparencia de que la contratación del espectacular se hizo con recursos del ayuntamiento y se pagó a través de la tesorería el 31 de marzo, cuando ya estaban en marcha las campañas electorales.
“El alcalde puso en riesgo los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, ya que buscó destacar los logros del gobierno que encabeza, pero en una temporada susceptible de influir en las preferencias electorales, en la cual, precisamente, se estaba renovando la integración de los Ayuntamientos, incluido Arteaga, independiente de que el citado funcionario no haya participado como candidato, toda vez que el Partido, en su momento, lo postuló para obtener una ventaja respecto a las demás opciones políticas en el municipio”, expresó.
El magistrado Alejandro Santos expuso que la Constitución reconoce los principios para el desarrollo de estos procesos, y por su parte, la legislación electoral establece las reglas para la difusión de propaganda a la que deben sujetarse los servidores públicos.
“Una de las reglas, precisamente, es la restricción de difundir propaganda gubernamental durante el tiempo que comprenden las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral”.
“Se configura la infracción consistente en la difusión de propaganda gubernamental en el período prohibido por la ley. También se actualiza el uso indebido de recursos públicos, toda vez que la contratación del espectacular fue cubierta con los recursos del Ayuntamiento de Arteaga”, indica la sentencia.
El proyecto, que fue aprobado por unanimidad, pretende dar vista a la Contraloría Interna del Ayuntamiento para que esta se encargue de imponer una sanción a Durán, aunque no se desarrolló un tiempo estimado para que se cumpla, mientras que la conclusión de este gobierno está en su último período.