Morena tiene sobrerrepresentación en Cámara de Diputados, señala PAN Coahuila
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Actualmente, antes de que se resuelvan las impugnaciones, Morena cuenta con el 74 por ciento de las curules en la Cámara de Diputados, no obstante que obtuvo el 54.7 por ciento de la votación, con la posibilidad legal de contar con 62 por ciento de los espacios.
En la configuración actual de la Cámara, explicó Gerardo Abraham Aguado Gómez, secretario general del PAN en Coahuila, tiene una mayoría ficticia e ilegal que atenta contra la Constitución General, los principios de la democracia y el marco electoral nacional.
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“Todo con el ánimo de hacerse con la mayoría calificada de forma arbitraria para llevar adelante reformas que afectarán gravemente al pueblo de México, como la reforma al Poder Judicial, que apenas fue ratificada por la presidenta electa, impactó en los mercados internacionales y en tipo de cambio”.
La Secretaría de Gobernación ya hizo el anuncio público de que a la coalición, encabezada por Morena, le corresponde el 74 por ciento de las y los legisladores de la Cámara de Diputados.
“El argumento principal de Morena para justificar esta sobrerrepresentación extrema es que la ley se refiere a partidos políticos, no a colaciones. Y con ello, pretende la coalición del partido en el gobierno y sus aliados justificar una sobrerrepresentación total del 24 por ciento, sumando a los tres partidos”.
“Sin embargo, el aparente vacío en la ley no debe interpretarse a favor de la sobrerrepresentación, sino en contra de ella, ya que, de acuerdo con especialistas en la materia, la norma constitucional debe interpretarse conforme a los principios de la democracia, de la división de poderes y de la correcta conformación de las dos cámaras del Congreso de la Unión”.
En tal sentido, permitir que una coalición electoral obtenga una sobrerrepresentación ilegal, o bien, permitir que partidos como el PT y el Verde Ecologista obtengan más legisladores que aquellos que sacaron porcentajes de votación mayores que los de ellos, es a todas luces inconstitucional, aseguró.
Explicó que el Artículo 54 de la Constitución Mexicana establece que, en ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida.
“Confiamos plenamente en que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolverá en su momento este asunto conforme a derecho, aplicando los principios constitucionales y democráticos que deben regir en la conformación del Poder Legislativo”, concluyó.