Municipios de Coahuila deben implementar operativos contra redes de transporte de aplicación

Coahuila
/ 24 enero 2023

La Constitución Mexicana y la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable los facultan para ello

El Congreso del Estado de Coahuila pidió a los 38 ayuntamientos, implementar operativos para verificar que los choferes que prestan servicio de transporte mediante plataformas tecnológicas, cumplan con los requisitos de la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable.

En el caso de los municipios, la Constitución Política de México los faculta para intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros, como lo establece el inciso h), fracción V del Artículo 115, explicó la diputada María Guadalupe Calderón Amezcua (PRI).

La Ley de Transporte y Movilidad Sustentable para el Estado de Coahuila incluye disposiciones para garantizar las mejores condiciones de seguridad de usuarios, operadores y terceros (conductores, ciclistas y peatones), durante la prestación del servicio de transporte en cualquier modalidad.

En el caso de las empresas de redes de transporte, aquellas que conectan a usuarios y conductores a través de aplicaciones móviles, la norma establece varios requisitos.

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Por ejemplo, la empresa que opera la plataforma tecnológica debe estar registrada ante la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad (Artículo 97) y llevar una relación actualizada de los conductores y los vehículos registrados (Artículo 98).

Los vehículos deben coincidir con los registrados ante la empresa, contar con póliza de seguro de cobertura amplia, tener tarjeta de circulación vehicular y placas del estado (Artículo 100).

Asimismo, los conductores deben contar con licencia de conducir tipo D, portar tarjeta de circulación y aprobar exámenes y controles aplicados por la empresa, entre otros requerimientos.

La amplia disponibilidad de la tecnología y la creciente demanda permiten extender con éxito este tipo de servicio de transporte, brindando a la ciudadanía alternativas a sus necesidades de movilidad y a los conductores un nuevo modelo de negocio, en lo que debe privilegiarse la seguridad.

“Al ser los municipios los facultados de forma primaria para prestar los servicios de seguridad pública, a través de la policía preventiva y de tránsito, la propia Ley establece a estas instancias como autoridades auxiliares para la aplicación del ordenamiento, con la atribución de inspeccionar e imponer sanciones por las infracciones que se presenten”, señaló Calderón Amezcua.

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