⁠Oficial: prohíben la reelección en Coahuila a partir de 2030

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Coahuila
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El Congreso del Estado adecuó el Código Electoral de Coahuila tras la Reforma Electoral, con lo cual queda prohibida la reelección inmediata a partir de 2030; se regulan las elecciones de 2027 y 2029.

El Congreso del Estado de Coahuila aprobó por unanimidad la reforma al Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza, como parte de la armonización de la legislación estatal con las recientes modificaciones constitucionales en materia de reelección, nepotismo y austeridad.

Durante la discusión del dictamen, el diputado del Partido Verde, Jorge Valdés, presentó una reserva al artículo tercero transitorio con el propósito de precisar la fecha a partir de la cual comenzará a aplicarse la prohibición de reelección inmediata en el estado.

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La reserva fue aprobada por unanimidad por el Pleno del Congreso y establece que las reformas, adiciones y derogaciones al Código Electoral relacionadas con la prohibición de reelección inmediata serán aplicables, en correspondencia con los regímenes transitorios de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, a partir de los procesos electorales que se celebren en el estado en 2030.

“En consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo los cargos públicos a que hace referencia este decreto, no podrán postularse para procesos de reelección”, se lee en la reserva presentada.

La disposición establece que la prohibición de reelección inmediata no se aplicará a los procesos electorales locales que se celebren antes de 2030, por lo que durante ese periodo continuarán aplicándose las reglas correspondientes para quienes busquen permanecer en sus cargos mediante la reelección.

En ese sentido, las diputaciones locales y las presidencias municipales que busquen la reelección no tendrán que separarse de sus funciones. En el caso de sindicaturas y regidurías, tampoco será necesario solicitar licencia, salvo cuando sus titulares pretendan contender por una presidencia municipal.

Para la reelección de diputaciones, los legisladores podrán ser electos hasta por cuatro periodos consecutivos, mientras que quienes integren los ayuntamientos podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación electoral.

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Asimismo, se mantienen reglas relacionadas con la postulación por partidos políticos, las candidaturas independientes y los cambios de cargo dentro de los ayuntamientos. Quienes busquen la reelección deberán acreditar los periodos en los que han ejercido el cargo y manifestar que cumplen con los límites establecidos.

REGLAS PARA ELECCIONES DE 2027 Y 2029

-Se mantiene la reelección en elecciones previas a 2030.Diputados y alcaldes podrán reelegirse sin separarse del cargo.

-Síndicos y regidores no deberán pedir licencia, salvo que busquen una alcaldía. No podrán hacer proselitismo durante su horario laboral.

-Diputados: hasta cuatro periodos consecutivos.

-Ayuntamientos: hasta dos periodos consecutivos.

-En general, deberán ser postulados por el mismo partido con el que llegaron al cargo.

-Las candidaturas independientes deberán reelegirse como independientes.

-Síndicos y regidores podrán competir por una alcaldía en el periodo siguiente.

-Alcaldes no podrán pasar inmediatamente a una sindicatura o regiduría.

Reportera apasionada, crítica y multifacética, egresada de la Universidad Interamericana para el Desarrollo, con experiencia en cobertura política y legislativa, dando seguimiento puntual a reformas y creación de nuevas leyes en el Congreso de Coahuila.

Además cubre temas de educación, con enfoque especial en las comunidades escolares y sus problemas, investigación generada por universidades, vigilancia de instituciones educativas que operan sin registro de validez oficial en el estado, y sucesos y estadísticas relacionadas con acoso escolar y la defensa de derechos de niñas, niños y mujeres.

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