Pacientes terminales podrán suspender el tratamiento por voluntad propia en Coahuila
COMPARTIR
La Ley Estatal de Salud fue reformada para establecer que “el paciente en situación terminal, mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales, tiene derecho a la suspensión voluntaria del tratamiento curativo y como consecuencia al inicio de tratamiento estrictamente paliativo en la forma y términos previstos en la presente Ley”.
Los pacientes enfermos en situación terminal tendrán como derecho “renunciar, abandonar o negarse en cualquier momento a recibir o continuar el tratamiento que considere extraordinario”, señala la iniciativa enviada al Congreso del Estado por el gobernador Miguel Ángel Riquelme Solís, lo que implica algunas homologaciones con la Ley General de Salud, de carácter federal.
Además, “toda persona mayor de edad, en pleno uso de facultades mentales, puede, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, expresar su voluntad por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento, en caso de que llegase a padecer una enfermedad y estar en situación terminal y no le sea posible manifestar dicha voluntad”.
“Dicho documento podrá ser revocado en cualquier momento. Para que sea válida la disposición de voluntad referida en el párrafo anterior, deberá apegarse a lo dispuesto en la presente Ley y demás disposiciones aplicables”. También podrá elegir recibir los cuidados paliativos en un domicilio particular.
De igual manera, el paciente en situación terminal “mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales, tiene derecho a la suspensión voluntaria del tratamiento curativo y como consecuencia al inicio de tratamiento estrictamente paliativo en la forma y términos previstos en la Ley”.
TE PUEDE INTERESAR: ¿Y el pino de Navidad en Ramos Arizpe? Aún no hay información oficial sobre decoración
Asimismo, las instituciones del Sistema Estatal de Salud ofrecerán el servicio para la atención debida a los enfermos en situación terminal. De igual manera, en casos de urgencia médica y que exista incapacidad del enfermo en situación terminal para expresar su consentimiento, y en ausencia de familiares, representante legal, tutor o persona de confianza, la decisión de aplicar tratamiento médico-quirúrgico o tratamiento necesario, será tomada por el médico especialista.
Los diputados modificaron varios artículos para establecer como parte de la atención médica los cuidados paliativos, que incluyen el cuidado integral para preservar la vida del paciente, a través de la prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas físicos y emocionales por parte de un equipo profesional multidisciplinario.
Los cuidados paliativos, desde la perspectiva de la Organización Mundial de la Salud, constituyen un enfoque que mejora la calidad de vida de los pacientes y sus familias, a través de la prevención y alivio del tratamiento.
“El acceso a los cuidados paliativos es un desafío emergente y una prioridad de salud pública, crucial para la salud mundial. Los pacientes con enfermedades graves experimentan una carga considerable de sufrimiento”.
“La necesidad de cuidados paliativos nunca ha sido mayor y está aumentando a un ritmo rápido debido al envejecimiento de la población mundial, y a los adelantos de la ciencia para la sobrevida de recién nacidos prematuros y con enfermedades amenazantes para la vida, el aumento del cáncer y otras enfermedades no transmisibles y la reciente aparición de COVID-19. Para 2060, se espera que la necesidad de cuidados paliativos al final de la vida se duplique”, refiere el dictamen.