Quien llegue primero y dependiendo de la cantidad de carriles, así aplica el uno por uno en Saltillo

De acuerdo al Reglamento de Tránsito y Transporte del municipio de Saltillo, el paso de vehículos en intersecciones que no tengan señalamiento se realiza dependiendo del que haya llegado primero.
Según el artículo 86 dentro de las obligaciones de ceder el paso el conductor que llegue a un cruce debe dejar pasar a otro que ya se encuentre dentro de esa intersección.
El siguiente artículo explica que cuando dos coches llegan “simultáneamente” a una intersección, “el conductor que vea al otro aproximarse por su lado derecho le cederá el paso, siempre y cuando éste ya se encuentre esperando el paso”.
TE PUEDE INTERESAR: Al ritmo de DJ Fong arranca la Fiesta Internacional de las Artes Saltillo 446
Asimismo, el siguiente artículo señala que está prohibido cruzar una intersección cuando no hay espacio suficiente para dejar libre la calle perpendicular.

Es hasta el artículo 98 que se detallan los casos en los que se tienen prioridad de paso en las intersecciones en las que no existan señales de tránsito, semáforos o algún oficial que dirija el tráfico.
En ese sentido, tienen prioridad:
Las avenidas sobre las calles.
La calle o avenida que tenga mayor cantidad de carriles de circulación.
Las intersecciones en forma de “T”, la continua sobre la que topa.
La calle pavimentada sobre la no pavimentada.
Actualmente en Saltillo todavía existen los señalamientos de CEDA EL PASO, para los cuales el mismo artículo explica que “los conductores podrán entrar a la intersección si por la calle transversal no se aproxima ningún vehículo que constituya peligro de accidente; en caso contrario deberán cederle el paso”.
LOS PEATONES Y CICLISTAS SIEMPRE VAN PRIMERO
Los artículos 5, 85 y 98 hablan de la prioridad que tienen los peatones y ciclistas sobre los automovilistas en caso de que haya señalamientos o ciclovías o no.

En el 5 se explica que gozarán de paso preferencial en todas las intersecciones.
El 85 afirma que en las intersecciones o zonas marcadas para paso de peatones o ciclovías donde no haya ni semáforos ni agentes que regulen la circulación, el automovilista tiene la obligación de ceder el paso.
Además explica que la obligación aplica también si el ciclista o peatón comienza a cruzar desde un carril que circula en sentido contrario.
Asimismo, el 98 declara que después de detenerse por un señalamiento de ALTO, el automovilista debe asegurarse de ceder el paso a peatones y ciclistas antes de reanudar la marcha.
El mismo párrafo indica que ante ese señalamiento de tránsito, el vehículo debe denterse de tal manera que no se invada el paso de peatones o ciclistas aunque no estén marcados.
La prioridad a estos dos grupos aplica también al momento de estacionarse, pues las banquetas y las ciclovías están incluidas en los espacios prohibidos para detener un coche.