Analizarán si procede o no juicio político contra Alcade de Parras
COMPARTIR
Está acusado de pagar 6 mdp a 80 funcionarios municipales ‘aviadores’
La Comisión Instructora de Juicio Político y Declaración de Procedencia en Materia Penal tendrá que ser la encargada de revisar si procede o no la solicitud de someter a juicio político a Evaristo Madero Marcos, alcalde del municipio de Parras, por irregularidades denunciadas en su gestión.
El pasado martes, el diputado Benito Ramírez Rosas, coordinador de Morena en el Congreso local, presentó un punto de acuerdo para que el Congreso del Estado emitiera un extrañamiento al Alcalde de Parras, debido a las denuncias que regidores han presentado por anomalías en su gestión. Además, pidió evaluar si procede abrir un proceso de juicio político en su contra.
De acuerdo con la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos Estatales y Municipales, las denuncias primero tienen que ser presentadas ante la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia del Congreso del Estado, y si se determina que cumple con lo necesario para iniciar el proceso, se turna a la Comisión Instructora de Juicio Político.
Los siete integrantes de esa comisión, que tiene representación de todos los partidos políticos, serán los encargados de llevar a cabo la investigación de las denuncias como órgano de acusación y elaborará un dictamen después de agotar la revisión de todas las pruebas.
“Hecho lo anterior, notificará la misma al denunciado dentro de los tres días naturales siguientes a la fecha del dictamen respectivo, haciéndole saber que deberá comparecer o informar por escrito en un plazo que no excederá de 7 días naturales, lo que a su derecho convenga; si no lo hiciere, se entenderá que niega los hechos de la denuncia”, señala el artículo 15 del citado ordenamiento.
En caso de que se compruebe que el servidor público incurrió en una falta, el Pleno del Congreso del Estado se erigirá como jurado de sentencia y por medio de una votación se decidirá si procede el juicio político.
El artículo 9 contempla que “si la resolución que se dicte en el juicio político es condenatoria, se sancionará al servidor público con destitución. Podrá también imponerse inhabilitación para el ejercicio de empleos, cargos o comisiones en el servicio público desde un año hasta 20 años”.
‘Verdugos’
Integrantes de la Comisión Instructora de Juicio Político y de Declaración de Procedencia en Materia de Responsabilidad Penal:
-Diana Patricia González Soto (coordinadora-PRI).
-Gerardo Abraham Aguado Gómez (secretario-PAN).
-Lucía Azucena Ramos Ramos (PRI).
-Juan Antonio García (PAN).
-Claudia Isela Ramírez Pineda (PRD).
-Emilio Alejandro de Hoyos Montemayor (UDC).
-José Benito Ramírez Rosas (Morena).