Nueva Ley para la Familia en Coahuila legaliza el "segundo frente"

Saltillo
/ 24 noviembre 2015

Las personas que estén casadas y tengan otra pareja podrán ser demandados por pensión alimenticia. Queda rechazada renta de vientres

Saltillo.- Los coahuilenses que tengan una relación fuera del matrimonio estarán obligados a pagar una pensión alimenticia a la otra pareja durante el tiempo que dure la relación. Hoy el Congreso del Estado aprobó la creación de una nueva Ley para la Familia de Coahuila que además legisla sobre la reproducción asistida y sanciones por alienación pariental.

La nueva ley, aprobada este día por unanimidad, implementa en la entidad la figura de “pareja estable coexistente” con el objetivo de brindar pensión alimenticia por el tiempo que haya durado una relación extraconyugal.

Lo anterior obliga a que si una de las partes unidades en matrimonio llega a tener una relación fuera de ésta, deberá de proporcionar alimentos a la otra pareja en el periodo de duración de la relación. Ello desaparecerá una vez que contraiga nupcias o comience una relación por medio de pacto civil de solidaridad o concubinato

RECHAZAN RENTA DE VIENTRES

Inicialmente la propuesta de ley que entregó el Ejecutivo al Congreso del Estado incluía permitir la renta de vientres en la entidad, sin embargo después del análisis de la misma, se decidió retirar dicha estipulación al considerar que el tema necesita de revisarlo con mayor detenimiento y se pudiera convertir en un negocio.

Sobre la reproducción asistida, actualmente ese derecho está reservado a parejas unidas en matrimonio o concubinato que en cinco años no han podido procrear. Con la nueva ley, se amplía la posibilidad a que cualquier persona mayor de edad pueda acceder a estas técnicas.

PATRIMONIO FAMILIAR

Por otro lado, en el tema de patrimonio familiar, éste estará constituido por una casa sin importar su valor, siempre y cuando sea destinada a la habitación de la familia, así como por el mobiliario de la vivienda familiar. Además, a propuesta del diputado Luis Gurza se incluyó un vehículo y parcela de manutención familiar. 

La ley contempla sanciones para los casos en que, bajo la figura de alienación parental, los ascendientes realicen cualquier acto de manipulación encaminado a producir rechazo, rencor o distanciamiento en un niño o una niña. Al padre se le podrá suspender o cancelar la patria protestad del hijo. 

OTRAS ESTIPULACIONES

El término estado civil será cambiado por estado familiar y el actual Registro Civil pasará a llamarse Registro de Estado Familiar. 

El Poder Judicial tendrá a su cargo la operación del Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, con el cual se tendrá un control de los padres que no cumplen con la obligación de dar alimento a sus parejas.

La ley también incluye la prohibición de las adopciones privadas, es decir, aquellas que son acordadas directamente entre los padres biológicos y los adoptivos. Solo se podrán hacer sugerencias que verificarán por las autoridades correspondientes. 

Además se crearán los consejos de la familia como órganos colegiados que estarán integrados por personal profesional de psicología, trabajo social, medicina legal y derecho. 

Finalmente, además de la Ley para la Familia de Coahuila, también fue aprobada la creación de un Código de Procedimientos Familiares que permitirá la operación y cumplimiento de la ley familiar. 

Una vez que el decreto sea publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, todas las dependencias involucradas contarán con 180 días para hacer las modificaciones necesarias a otras leyes, así como el cumplimiento de las estipulaciones de la ley. Transcurrido ese tiempo, la ley y el código entrarán en vigor. 

 

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