Oficial, en Coahuila se prohíben la fiestas y reuniones en casas; publican decreto

Saltillo
/ 9 noviembre 2020

Sanciones para quien realice reuniones de más de 15 personas podrán ser desde amonestación con apercibimiento hasta multas

Tras el anuncio del gobernador de Coahuila, sobre la aprobación del decreto con el que se regulan las reuniones o fiestas privadas en casas, el Gobierno del Estado informó que éstas no pueden rebasar un máximo de 15 personas, entre algunas otras consideraciones.

El decreto establece como artículo único las adiciones de los artículos 9 Bis y 9 Ter al decreto en el que se establecen “Medidas para la prevención y control de la propagación del COVID-19 en el Estado”, que se ha ido actualizando conforme el avance de la pandemia.

“Artículo 9 Bis.- Las reuniones y eventos privados que se lleven a cabo en domicilios particulares, incluso los ubicados en fraccionamientos cerrados, podrán realizarse con un máximo de 15 personas, debiendo observarse las medidas de prevención y control de COVID-19, emitidas por las autoridades sanitarias correspondientes.

“Las reuniones y eventos privados en domicilios particulares que excedan el número de personas establecidas en el párrafo anterior, podrán celebrarse previa autorización de los subcomités regionales y cumpliendo con las medidas de prevención y control de COVID-19, emitidas por la autoridad sanitaria correspondiente”, expone el comunicado emitido esta tarde.

En ese sentido, el Gobierno del Estado aclaró que los subcomités regionales, tomando en cuenta las circunstancias de sus municipios y el mayor o menor riesgo de contagio, podrán modificar las medidas previstas en dicho artículo.

Además, sobre las sanciones a las que se harían acreedores quienes incumplan esta normatividad, las autoridades precisaron que podrían incrementarse en caso de reincidencia.

“Artículo 9 Ter.- El incumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, será sancionado de conformidad con el Título Décimo Quinto de la Ley Estatal de Salud y el Capítulo Décimo Tercero de la Ley de Protección Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

“Las sanciones podrán ser desde amonestación con apercibimiento hasta multa, para lo cual se deberá llevar un registro de las personas que sean sancionadas, lo anterior con el objeto de identificar los casos de reincidencia y aplicar los principios de gradualidad y proporcionalidad que deben regir la imposición de sanciones por incumplimiento”, precisó el boletín.


Actualmente, en la Región Sureste, las multas por realizar reuniones sin respetar los protocolos sanitarios por el COVID-19 ascienden hasta los 43 mil pesos.

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