Podrán padres ausentarse de sus labores para cuidar a hijos con cáncer
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La licencia será expedida por el Seguro Social para uno de los padres trabajadores asegurados
Adicionando dos artículos a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social, el Diario Oficial de la Federación publicó que desde este lunes de junio las madres o padres trabajadores asegurados podrán ausentarse de sus labores para el cuidado de sus hijos diagnosticados con cáncer.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social indicó en un comunicado que para la Ley Federal del Trabajo se adicionaron una fracción IX al artículo 42; una fracción XXIX Bis al artículo 132 y un artículo 170 Bis.
“En esos apartados se hace referencia al artículo 140 Bis, que se añadió a la Ley del Seguro Social, que establece que ‘para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta 16 años hayan sido diagnosticados por el Instituto con cáncer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente diagnosticado requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento”.
La licencia será expedida por el Seguro Social para uno de los padres trabajadores asegurados, una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento, a fin de que el patrón tenga conocimiento de la situación.