Violencia vicaria exclusiva para mujeres, propone Congreso de Coahuila

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Coahuila
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La propuesta se presenta a partir del llamado del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, luego de que en enero una mujer fuera vinculada a proceso por primera vez en el estado por este delito.

El Congreso de Coahuila presentó este martes una iniciativa para reformar el Código Penal estatal, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado y la Ley de Prevención, Asistencia y Atención de la Violencia Familiar, con el objetivo de precisar que la violencia vicaria es una forma de violencia de género dirigida contra las mujeres.

La propuesta surge después de que en marzo de 2026 el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila exhortara al Congreso local a revisar la regulación de este delito, al considerar necesario establecer con claridad que su aplicación corresponde exclusivamente a la protección de las mujeres.

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El presidente del Tribunal Superior de Justicia, Miguel Mery Ayup, explicó que, aunque actualmente el artículo 252, fracción VII, del Código Penal contempla la violencia vicaria de manera general, el Pleno determinó que se trata de una acción afirmativa dirigida a atender la desigualdad y la violencia histórica contra las mujeres.

El planteamiento del Poder Judicial se dio después de la vinculación a proceso de Esthela “N”, en enero de 2026, por el delito de violencia familiar en su modalidad de violencia vicaria. Se trató del primer caso en Coahuila en el que una mujer fue vinculada a proceso por este delito.

A partir de este caso, el Poder Judicial consideró necesario revisar la redacción del delito. La iniciativa presentada este martes señala que las normas vigentes generan inseguridad jurídica al no precisar que la mujer es el sujeto pasivo de la violencia vicaria, lo que, de acuerdo con los legisladores, ha provocado interpretaciones que no corresponden con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La reforma propone derogar la actual definición de violencia vicaria contenida en el artículo 252 del Código Penal y crear un nuevo artículo 253 Bis, denominado “Violencia vicaria contra la mujer”.

De acuerdo con el proyecto, cometerá este delito quien, mediante cualquier acto u omisión intencional, cause daño o afectación física, psicoemocional, económica, patrimonial o de cualquier otro tipo a una mujer con la que mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato, pacto civil de solidaridad, noviazgo o cualquier otra relación sentimental, utilizando como medio a sus hijas o hijos, personas adultas mayores o animales de compañía con quienes la víctima tenga un vínculo de parentesco, cuidado o afectividad.

La propuesta establece una pena de seis meses a seis años de prisión y de 500 a mil días multa. También plantea que las sanciones puedan incrementarse hasta en una tercera parte cuando se cause daño físico a las hijas, hijos, personas adultas mayores o animales de compañía utilizados como medio para afectar a la víctima.

Además, contempla que la autoridad judicial pueda ordenar la reparación de los daños y perjuicios, restringir el régimen de visitas, prohibir a la persona responsable acudir a determinados lugares y ordenar tratamiento especializado psicoterapéutico, psiquiátrico o reeducativo. El delito sería perseguido de oficio.

La iniciativa también plantea modificaciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para retirar la definición general de violencia vicaria e incorporar un apartado específico sobre violencia vicaria contra la mujer. Asimismo, propone establecer medidas de protección para las víctimas durante los procedimientos.

En la Ley de Prevención, Asistencia y Atención de la Violencia Familiar se propone eliminar la actual definición de violencia vicaria como una modalidad de violencia familiar, para armonizarla con el nuevo tratamiento jurídico que se plantea en el Código Penal.

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Los legisladores sostienen que con estas modificaciones se busca armonizar la legislación estatal con los criterios constitucionales y convencionales en materia de igualdad y perspectiva de género, además de evitar interpretaciones distintas sobre quién puede ser considerado víctima de violencia vicaria.

“En 2023 fuimos pioneros al tipificar la violencia vicaria. Hoy con base en los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y las recientes reformas federales, tenemos la oportunidad de perfeccionar nuestra legislación para dar certeza jurídica y proteger de manera integral a las mujeres, sus hijas e hijos.” señalaron.

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Reportera apasionada, crítica y multifacética, egresada de la Universidad Interamericana para el Desarrollo, con experiencia en cobertura política y legislativa, dando seguimiento puntual a reformas y creación de nuevas leyes en el Congreso de Coahuila.

Además cubre temas de educación, con enfoque especial en las comunidades escolares y sus problemas, investigación generada por universidades, vigilancia de instituciones educativas que operan sin registro de validez oficial en el estado, y sucesos y estadísticas relacionadas con acoso escolar y la defensa de derechos de niñas, niños y mujeres.

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