Desde el 1 de enero, Carta Porte 3.0 obligatoria para el transporte de carga

Dinero
/ 11 diciembre 2023

Termina prórroga otorgada por el SAT; se busca evitar el contrabando, reducir riesgos y mejorar la seguridad en las rutas

A partir del 1 de enero del 2024, el transporte de carga terrestre en México tendrá la obligación de emitir la Carta Porte 3.0 para el traslado de bienes o mercancías, pues de no hacerlo, los contribuyentes podrían hacerse acreedores a multas del fisco.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la actualización entró en vigor el 25 de noviembre de 2023, sin embargo, con el objetivo de que puedan familiarizarse y adaptarse a la nueva versión, los contribuyentes podrán seguir emitiendo sus facturas hasta el 31 de diciembre de 2023 en la versión 2.0.

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La Carta Porte es un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria.

El documento, además de combatir el contrabando, brinda certeza sobre los bienes transportados, anticipa riesgos en el traslado, garantiza la seguridad en las rutas, verifica operaciones y fortalece el comercio formal. Su importancia radica en proporcionar información clave a las autoridades encargadas de controlar y verificar las mercancías en tránsito.

A partir del 1 de enero de 2024, la emisión incorrecta o la falta de la Carta Porte tendrán las siguientes sanciones:

No emitir la Carta Porte con el CFDI: multa de 400 a 600 pesos por cada CFDI sin complemento.

No exhibir la Carta Porte: multa de 760 hasta 14 mil 710 pesos para el transportista que no presente la documentación en versión impresa o digital.

Reincidencias: multas desde 19 mil 700, hasta 112 mil 650 pesos, acompañadas de clausura preventiva en algunos casos.

Contribuyentes como personas físicas: multa de mil 700 a 3 mil 380 pesos, con posible clausura preventiva.

No expedir o acompañar documentación de transporte: multa de 880, a 17 mil 30 pesos.

Los montos se actualizan anualmente, y los contribuyentes deben consultar la Resolución Miscelánea Fiscal y la guía de llenado proporcionada por el SAT para evitar sanciones.

Con información de medios

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