Multas del SAT... ¿qué pasa si no notificas el fallecimiento de un familiar?

Cuando un pariente muere no solo se tiene que lidiar con el luto y dolor, también se deben revisar varios trámites, uno de ellos con el SAT para evitar multas
Cuando un pariente pierde la vida, los familiares tiene que luchar con el luto y el dolor de la pérdida, pero al mismo tiempo deben realizar varios trámites, y uno de ellos y de suma importancia es con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de lo contrario, se podría hacer acreedor de una multa.
Como ves las obligaciones fiscales nunca terminan y todos los contribuyentes deben cumplir con la obligación de dar de baja el RFC de su familiar fallecido y así evitar que el SAT lo persiga con una considerable multa, sobre todo, si este contribuyente presenta declaraciones anuales.
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Y es que, el SAT puede imponer multas de alrededor de 8 mil pesos por no presentar una declaración con estos datos, ya que, hay un gran robo de datos fiscales y porque en un futuro puede prestarse un robo de identidad.
Pero, en caso de que se trate de un aviso de cancelación por liquidación de la sucesión, las personas físicas que hayan aceptado el cargo de representante legal (albacea) deberán acudir dentro del mes siguiente al día en que se haya finalizado la liquidación a realizar el trámite.
¿Cómo dar de baja a un fallecido ante el SAT?
Toma en cuenta que, el trámite para cancelar el RFC de un fallecido es gratuito y puede ser presentado por cualquier familiar de la persona fallecida o un tercero interesado.
Es importante que, tengas presente que sólo tienes un mes de prórroga para presentar la documentación necesaria de la persona fallecida ante las oficinas del SAT.
Requisitos:
• Forma oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC” (el cual es proporcionado por personal del SAT).
• Acta de defunción expedida por el Registro Civil (copia certificada y copia).
• Identificación oficial vigente del contribuyente o del representante legal (original y copia).
• Para los contribuyentes que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables de conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y su reglamento deben presentar el acuse de su baja del padrón de actividades vulnerables. (original).
Documentos que obtienes:
• Forma oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes”, sellado como acuse de recibo.
• Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.
• Oficio de rechazo de avisos presentados en forma oficial RX personas física.