¿Buscas la nacionalidad española siendo mexicano? Estas personas pueden hacer el trámite
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La mencionada ley permite que hijos y nietos nacidos en el extranjero de españoles que emigraron por varias razones puedan optar por la nacionalidad por medio de un proceso consular
La posibilidad de obtener la nacionalidad española para descendientes de personas exiliadas ya es una realidad, y ahora habrá más tiempo para iniciar el trámite. El Consejo de Ministros aprobó la extensión del plazo de la Ley de Memoria Democrática conocida también como ‘Ley de Nietos’ hasta octubre de 2025. Originalmente, el límite era el 22 de octubre de 2024.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación explicó que “es posible nacionalizarte en el país europeo en caso de tener ascendencia española”.
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¿QUIÉNES SON LAS PERSONAS QUE PUEDEN SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?
La mencionada ley permite que hijos y nietos nacidos en el extranjero de españoles que emigraron por razones políticas, ideológicas, religiosas o por su orientación o identidad sexual puedan optar por la nacionalidad por medio de un proceso consular.
Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, pueden hacerlo:
1. Hijos e hijas nacidos en el extranjero de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.
2. Hijos e hijas mayores de edad de personas que ya hayan recuperado o adquirido la nacionalidad española.
3. Personas cuyo padre, madre, abuelo o abuela fueran originariamente españoles o fueron exiliados.
4. Hijos de quienes adquirieron la nacionalidad por aplicación de la Ley 52/2007 y están bajo su patria potestad.
¡CONOCE LOS REQUISITOS PARA EL TRÁMITE!
La documentación varía según el caso específico, pero debe presentarse ante el Consulado General de España en México con cita previa. Los requisitos generales incluyen:
* Acta de nacimiento del solicitante (apostillada y reciente).
* Actas de nacimiento de los progenitores (español y no español), también apostilladas.
* Acta de nacimiento del abuelo o abuela, si corresponde.
* Identificación oficial del solicitante (preferentemente pasaporte).
* Acta de matrimonio de los padres, si aplica.
* Documentos adicionales según el formulario (Anexo I, II, III o IV).
Por ejemplo, si el solicitante es hijo de una mujer española que perdió su nacionalidad al casarse con un extranjero, debe presentar el Anexo II, además de pruebas de la legislación vigente en el país correspondiente al momento del matrimonio, si este ocurrió entre 1954 y 1978.
Importante: Todos los trámites requieren cita previa, y algunos documentos deben estar apostillados y haber sido emitidos en fechas específicas, dependiendo del consulado.
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EXISTE ALTA DEMANDA DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA EN AMÉRICA LATINA
La prórroga busca dar respuesta al elevado número de solicitudes, especialmente en América Latina. “Más de un 95% de las solicitudes se han recibido en las Oficinas Consulares de España en Iberoamérica y en el Consulado General de España en Miami”, informó la cancillería.
Solo los cinco consulados de España en Argentina concentraron el 40% del total de solicitudes. Al sumar los trámites recibidos en La Habana, el porcentaje asciende a más del 53%.
A finales de 2024, se habían registrado 609,344 solicitudes, de las cuales 288,393 fueron aprobadas y 180,567 inscripciones ya habían sido realizadas.