Sheinbaum aumenta Pensión hasta 17 mil 885 pesos mensuales a hombres y mujeres jubilados del IMSS e ISSSTE; requisitos y cómo obtenerla

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Conoce los requisitos para recibir el complemento del Fondo de Pensiones para el Bienestar y alcanzar hasta 17 mil 885.85 pesos mensuales en 2026

El Fondo de Pensiones para el Bienestar contempla un complemento para determinados trabajadores que comienzan su retiro ante el IMSS o ISSSTE. El apoyo busca elevar el ingreso mensual de quienes cumplen con las condiciones establecidas por el programa.

Para 2026, el monto máximo de referencia es de 17 mil 885.85 pesos mensuales. Sin embargo, esta cantidad no representa un depósito automático o igual para todas las personas jubiladas.

El Fondo cubre la diferencia entre la pensión que corresponde conforme al ahorro acumulado en la cuenta individual y el salario de referencia del trabajador, siempre que se encuentre dentro del límite establecido.

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EL RÉGIMEN DE PENSIÓN ES CLAVE PARA ACCEDER AL COMPLEMENTO

Uno de los primeros puntos que se revisan es el régimen pensionario bajo el cual cotizó la persona. En el caso del IMSS, el beneficio está dirigido a quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 y se pensionan bajo la Ley del Seguro Social de 1997.

Esto significa que las personas que se retiran bajo la Ley 73 del IMSS no forman parte de este esquema de complemento. La diferencia entre ambos regímenes es fundamental, ya que cada uno tiene reglas distintas para determinar la pensión.

Para el ISSSTE, el mecanismo está enfocado en trabajadores que pertenecen al régimen de cuentas individuales, establecido para quienes cotizan bajo el sistema vigente desde 2007.

La edad también es un requisito. El esquema considera a personas de 65 años o más que inician formalmente su trámite de pensión por vejez y cumplen con las condiciones de cotización correspondientes.

EL COMPLEMENTO SE DEFINE DURANTE EL TRÁMITE DE PENSIÓN

La persona que busca retirarse debe iniciar el proceso ante la institución de seguridad social correspondiente. El trámite puede involucrar al IMSS, ISSSTE o Infonavit, dependiendo de la situación laboral y pensionaria.

Durante el procedimiento se revisan elementos como la edad, el historial laboral, las semanas o años cotizados, el salario registrado y el régimen pensionario. Con esta información se determina si existe derecho al complemento.

De acuerdo con la información proporcionada, la resolución de pensión debe haber sido emitida a partir del 2 de mayo de 2024 para considerar este beneficio.

También se contempla que el cálculo ordinario de la pensión sea inferior al último salario base de cotización y que este último no rebase los 17 mil 885.85 pesos mensuales establecidos como límite para 2026.

El mecanismo no representa una cantidad fija que el Gobierno entregue por igual a todos los jubilados. El monto depende de la diferencia que exista entre la pensión calculada y el salario de referencia, dentro del límite correspondiente.

¿QUÉ DOCUMENTOS SE NECESITAN PARA EL TRÁMITE?

Para comenzar el procedimiento de pensión, los trabajadores deben acudir a las ventanillas de atención del IMSS o ISSSTE, según corresponda.

Entre los documentos señalados para realizar el trámite se encuentran:

· Identificación oficial, como la credencial para votar vigente.

· Acta de nacimiento en copia certificada o impresión oficial.

· Documento bancario con el nombre del trabajador y la CLABE interbancaria para recibir los depósitos.

· Comprobante de domicilio, cuando la dirección actual no coincide con la registrada en la identificación oficial.

La información proporcionada señala que el complemento no requiere un trámite adicional o separado. Su procedencia se determina dentro del proceso formal de pensión, una vez que la institución verifica que la persona reúne las condiciones.

DATOS CURIOSOS

· El monto máximo considerado para 2026 es de 17,885.85 pesos mensuales.

· El límite se actualiza cada 1 de enero conforme al mecanismo establecido para su actualización.

· El Fondo está relacionado con trabajadores que cotizan bajo cuentas individuales.

· En el IMSS, el esquema contempla a quienes comenzaron a cotizar desde el 1 de julio de 1997.

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· Las personas pensionadas bajo la Ley 73 del IMSS quedan fuera de este complemento.

· La institución debe emitir primero la resolución de pensión y posteriormente determinar si se cumplen las condiciones para recibir el apoyo.

· Las personas próximas al retiro deben acudir directamente a las oficinas del IMSS o ISSSTE y evitar pagar a gestores que prometan conseguir un aumento en la pensión.

Especialista en periodismo en tiempo real, pronóstico del clima, tendencias, política nacional y contenido de utilidad.

Con 15 años de experiencia en medios digitales, actualmente es editor breaking en Vanguardia MX. Licenciado en Diseño Gráfico, egresado de la Escuela de Artes Plásticas de la UAdeC. En diseño editorial, ha realizado proyectos de revistas impresas y digitales sobre cultura, arte y educación.

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