Vinculación de celular a la CURP: Así es posible desvincular una línea telefónica
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El decreto publicado en el DOF permite la desvinculación de líneas de telefonía móvil asociadas a la CURP, bajo procedimientos presenciales o remotos
Tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del decreto que establece la obligación de vincular los números de telefonía móvil a la Clave Única de Registro de Población (CURP), surgieron dudas entre los usuarios sobre la posibilidad de revertir este proceso una vez realizado.
De acuerdo con lo establecido en el propio decreto, sí es posible llevar a cabo la desvinculación de una línea telefónica móvil, bajo procedimientos y efectos específicos.
El documento oficial define con precisión qué implica la desvinculación, quién puede solicitarla y cuáles son sus consecuencias operativas, así como los mecanismos disponibles para realizar el trámite, ya sea de forma presencial o remota.
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¿QUÉ ES LA DESVINCULACIÓN DE UNA LÍNEA TELEFÓNICA MÓVIL?
El DOF define la desvinculación como el “proceso para disociar una Línea Telefónica Móvil de su Titular y/o Usuario”. Esta distinción es relevante, ya que el decreto establece efectos distintos dependiendo de si la solicitud la realiza el titular de la línea o únicamente el usuario.
Según el decreto, la desvinculación del titular tiene como efecto que la línea telefónica móvil quede limitada exclusivamente a:
- Recibir mensajes de emergencia a través del protocolo de alerta común.
- Realizar llamadas a los números de emergencia y de atención ciudadana.
- Comunicarse con el sistema de atención del proveedor del servicio de telefonía móvil.
Estas funciones se mantienen únicamente durante el ciclo de vida de la línea.
En contraste, la desvinculación del usuario solo implica que dicha persona deje de estar asociada a la línea telefónica móvil, la cual continuará habilitada y vinculada al titular correspondiente.
MARCO LEGAL DE LA DESVINCULACIÓN SEGÚN EL DECRETO
El procedimiento de desvinculación se encuentra regulado en el Capítulo II del decreto publicado en el DOF, el cual establece las reglas generales aplicables a todas las líneas telefónicas móviles.
El artículo 25 señala que la desvinculación puede disociar a la línea del titular o del usuario. En este contexto, se precisa que únicamente la desvinculación realizada por el titular implica la deshabilitación de la línea, salvo para los servicios mínimos de emergencia y atención, hasta que concluya su ciclo de vida.
RAZONES POR LA CUALES SE PUEDE DESVINCULAR UNA LÍNEA TELEFÓNICA MÓVIL
El artículo 26 establece los casos en los que los proveedores del servicio de telefonía móvil deben llevar a cabo la desvinculación:
- A solicitud expresa del titular y/o del usuario, de forma inmediata.
- Por portabilidad de la línea telefónica móvil, una vez concluido ese proceso.
- Por la terminación de la relación contractual.
DESVINCULACIÓN DE LÍNEA DE TELEFONÍA MÓVIL PUEDE SER DE MANERA PRESENCIAL Y REMOTA
El decreto contempla dos modalidades para realizar la desvinculación de una línea telefónica móvil: presencial y remota. La elección del mecanismo queda a decisión del titular o del usuario, según corresponda.
CÓMO DESVINCULAR UNA LÍNEA DE TELEFONÍA MÓVIL DE MANERA PRESENCIAL
De acuerdo con el artículo 29, para realizar la desvinculación de manera presencial, el titular o usuario debe acudir a un centro de atención del proveedor del servicio de telefonía móvil y presentar una identificación oficial vigente.
En los casos de fallecimiento del titular o del usuario, la desvinculación únicamente puede realizarse de forma presencial, mediante la presentación del acta de defunción correspondiente.
El artículo 30 establece que los proveedores deberán cumplir con los siguientes pasos durante el trámite presencial:
- Mostrar el aviso de privacidad conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
- Solicitar la identificación oficial vigente del titular o usuario para validar su identidad.
- Generar un folio identificador único que incluya fecha y hora de la desvinculación.
- En caso de que la solicitud sea realizada por el usuario, notificar al titular por mensaje SMS y por otros medios previstos en los lineamientos.
CÓMO DESVINCULAR UNA LÍNEA DE TELEFONÍA MÓVIL DE MANERA REMOTA
El artículo 31 regula el procedimiento para la desvinculación a distancia, a través de la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles. En esta modalidad, los proveedores deben:
- Mostrar el aviso de privacidad correspondiente.
- Permitir la consulta de los términos y condiciones de la plataforma.
- Solicitar la identificación oficial vigente del titular o usuario y validar su identidad mediante los mecanismos habilitados.
- Requerir una prueba de vida del titular o usuario.
- Permitir hasta tres intentos para realizar la desvinculación de una misma línea. En caso de rechazo, se deberá notificar al solicitante e invitarlo a iniciar un nuevo proceso a través de los sistemas de atención.
- Solicitar la confirmación expresa de la voluntad de desvincular la línea telefónica móvil.
- Notificar la conclusión exitosa del proceso cuando la validación de identidad y la prueba de vida resulten satisfactorias.
- Generar un folio único con fecha y hora de la desvinculación.
El artículo 32 señala que, una vez enviada la notificación de validación exitosa, el proceso de desvinculación queda formalmente concluido. Cuando la desvinculación es realizada por el titular, los servicios contratados deben deshabilitarse de manera inmediata.
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EFECTOS CONTRACTUALES DE LA DESVINCULACIÓN DE UNA LÍNEA DE TELEFONÍA MÓVIL
El decreto aclara en su artículo 28 que la desvinculación de una línea telefónica móvil no implica, por sí misma, la terminación ni la suspensión de las obligaciones contractuales que existan entre el titular y el proveedor del servicio de telefonía móvil. Estas continúan rigiéndose por lo establecido en los contratos o servicios adquiridos.
De esta forma, el marco normativo publicado en el DOF establece que la vinculación de un número telefónico a la CURP puede revertirse mediante un procedimiento formal, con efectos diferenciados según el solicitante y sin que ello modifique automáticamente las relaciones contractuales vigentes con las empresas de telefonía móvil.