Advierten que 4T incumple orden de SCJN sobre Ley Eléctrica

Noticias
/ 23 julio 2024

El pasado 31 de enero, la Segunda Sala de la Corte concedió un amparo en el que declaró inconstitucionales los siete artículos principales de la reforma a la LIE

Un tribunal federal resolvió el 15 de julio que el Gobierno federal no ha cumplido la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordenó dejar de aplicar la reforma de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica (ICA), diseñada para favorecer a la CFE sobre las empresas privadas.

El pasado 31 de enero, la Segunda Sala de la Corte concedió un amparo en el que declaró inconstitucionales los siete artículos principales de la reforma a la LIE, y aclaró que el efecto de la sentencia era dejar de aplicarlos a todas las empresas del sector, ya que, de beneficiar solo a las seis quejosas, se provocarían distorsiones en el mercado eléctrico.

TE PUEDE INTERESAR: Acelera China inversión en México; furgoneta 2 mmdd

Sin embargo, el 15 de abril, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Secretaría de Energía (Sener) informaron a la jueza encargada del trámite del amparo 113/2021 que, para cumplir la sentencia de la Corte, ya no aplicarían la versión reformada de la LIE solo a las seis empresas que lo promovieron.

Dinorah Hernández Jiménez, jueza Primera Especializada en Competencia Económica, aceptó la propuesta de la Federación y tuvo por cumplida la sentencia de la Corte.

Contra esta decisión de la jueza, varias empresas promovieron recursos de inconformidad, para alegar que el Gobierno de la ‘Cuarta Transformación’ estaba evadiendo el fallo del máximo tribunal, pues no extendió sus efectos a todo el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

El 15 de julio, el Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica notificó la sentencia de la inconformidad 7/2024, en la que revocó por unanimidad el acuerdo de la jueza Hernández y aclaró que la sentencia de la Corte no está cumplida.

“El fallo protector no tuvo el alcance únicamente de que se inaplique a las quejosas que promovieron el amparo 113/2021, sino a todos los agentes económicos que intervienen en el MEM y están en posibilidad de adquirir certificados de energías limpias”, resolvió el tribunal, en sentencia inapelable.

Por tanto, ordenó a la CRE lo siguiente: “No aplicará -en el presente y en el futuro-, tanto a las quejosas que intervinieron y acreditaron su interés jurídico en el amparo 113/2021, como a todos los agentes económicos que intervienen en el MEM y que están en posibilidad de adquirir certificados de energías limpias, los artículos 3, fracción V, XII, XII Bis y XIV, 4, fracción VI, 26, 53, 101, 108 fracción VI, y 126 fracción II, de la LIE, contenidos en el decreto publicado el 9 de marzo de 2021”.

Además, a fin de no generar un vacío normativo en el sector, la CRE continuará aplicando el régimen previsto en la LIE vigente hasta antes de la reforma que impulsó el Presidente Andrés Manuel López Obrador, es decir, la aprobada en el sexenio pasado.

El expediente regresará al juzgado, que está de vacaciones, por lo que es probable que la jueza Hernández requerirá hasta agosto al Gobierno para que cumpla lo ordenado.

El tribunal censuró en sus listas el nombre de la empresa que promovió esta inconformidad, así como otras dos que ya quedaron sin materia, al haberse resuelto la 7/2024.

Estas son las reformas a la LIE que se tienen que dejar de aplicar- Establecen contratos con compromiso de entrega física.

- Ordena dar prioridad a dichos contratos sobre los de energías limpias.

- Despacho preferente para energía de centrales de CFE.

- Elimina subastas obligatorias del Cenace para contratos de cobertura eléctrica.

- Reglas de asignación y despacho para el Cenace.

- Permite a CFE obtener Certificados de Energías Limpias (CEL) en detrimento de nuevos inversionistas.

TEMAS
4T

COMENTARIOS

Selección de los editores