Diputados aprueban nuevo Código de Procedimientos Civiles y Familiares; habrá adopción en meses, pensiones alimenticias en 24 horas y sentencias en breve

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/ 25 abril 2023

Con este nuevo código, habrá pensiones alimenticias provisionales en menos de 24 horas; entra en vigor hasta el 2027

El Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general con 481 votos a favor, expedir el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el cual tiene como objetivo establecer procedimientos homologados en todo el país para dirimir las controversias entre particulares.

Cabe resaltar que el proyecto que se envió al Ejecutivo Federal, señala que busca priorizar la oralidad y un efectivo acceso a la justicia pronta, completa, imparcial y expedita, para garantizar a los operadores jurídicos el ejercicio de sus funciones, habilidades y destrezas, acorde con los derechos humanos, postulados y principios contenidos en la Constitución, además de que considera un periodo para su entrada en vigor de cuatro años, es decir, hasta el 2027.

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Además, integra un modelo en el que se impulsa el uso de las tecnologías de la información en los procesos judiciales, a fin de unificar los criterios y bases normativas para naturalizar el ideal histórico de justicia y equidad en la solución de conflictos.

La regulación procesal civil y familiar facilitará la justicia cotidiana. Con este nuevo código, habrá pensiones alimenticias provisionales en menos de 24 horas y los centros de trabajo de los poderes judiciales “tendrán que dar en menos de 3 días los descuentos a los deudores”.

Habrá sentencias en menos de 30 días para deudores de rentas, y de divorcio en menos de 15 días; un proceso de adopción, velando el interés superior de la niñez, se puede dar “en meses”. Tratándose de violencia de género, los juzgados brindarán medida de protección inmediata; habrá oralidad total de juicios y serán digitalizados.

A través del nuevo Código se homogeneizan los procesos y plazos a nivel nacional, se implementa un sistema de ejecución de sentencia breve por audiencias, se pondera el principio de igualdad y de no discriminación entre las partes. Mientras que en caso de pueblos originarios y afromexicanos, se establece que las autoridades deberán considerar sus usos y costumbre, así como allegarse pruebas periciales, incluso en materia de antropología social. Además, establece que la justicia deberá adquirir oficiosamente pruebas para adoptar medidas provisionales ante casos de violencia de género.

Asimismo, indica que el Poder Judicial de la Federación (PJF) y de los estados, habilitarán sistemas de justicia digital con diseños y formatos accesibles, así como una Oficialía de Partes Común, a través de la cual se presentarán escritos de demanda o promociones posteriores de manera electrónica o escrita. También abre la posibilidad de celebrar audiencias virtuales.

Aunado a lo anterior, el Código plantea que en los juicios que versen sobre alimentos, derechos de niñas, niños y adolescentes, controversias familiares y por violencia familiar, todos los días y horas serán hábiles, Además, prohíbe a las autoridades jurisdiccionales aplazar, dilatar o negar resoluciones, salvo en casos previstos por la ley, y regula las acciones colectivas. Asimismo, reduce de 30 a 15 el número de personas que pueden interponerlas. También regula el procedimiento especial de declaración de ausencia por desaparición de personas y agiliza los procesos de adopción.

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