Es oficial, publican en DOF la extinción de los 13 fideicomisos del Poder Judicial
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Tras la aprobación por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, pese a la oposición de la SCJN
En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó este viernes la desaparición de los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), luego de que dicho dictamen fuera aprobado por la Cámara de Diputados y el Senado de la República.
Por lo que 13 de los 14 fideicomisos del PJF serán eliminados y correspondiendo a un acumulado de más de 15 mil millones de pesos, el cual entrará en vigor a partir de mañana sábado 28 de octubre.
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Cabe destacar que la reforma promovida por Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM) adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el que establece que “el ámbito del Poder Judicial de la Federación, no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al mencionado anteriormente”.
La eliminación de los 13 de 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación ha sido publicada en el DOF.
— Francisco Burgoa (@FranciscoBurgoa) October 27, 2023
Tanto los senadores como los diputados de oposición presentarán las acciones de inconstitucionalidad que la Corte resolverá.
Además, de los miles de amparos o amparos... pic.twitter.com/JsXdOkvXJR
Sin embargo, los recursos de estos fideicomisos deberán ser concentrados “por concepto de aprovechamientos” en la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo.
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“No podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al mencionado anteriormente (Fondo Económico para el Mejoramiento de la Administración de Justicia)”.
PJF deberá dar por terminados los mandatos correspondientes, con la finalidad de que en un plazo máximo de 120 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto “se suscriban los convenios de extinción o terminación respectivamente, en términos de las disposiciones aplicables”.
Así como tendrán un plazo máximo de siete días hábiles para publicar un informe “pormenorizado”, por cada fideicomiso extinto, en el cual se indique los montos de la Tesorería de la Federación.