Establecimientos tienen 2 meses para colocar señalética antitabaco: Cofepris
Se busca proteger a las personas no fumadoras
Comercios y establecimientos tendrán que levantar, de manera oficial, las señaléticas que delimitan espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; con la publicación del Manual de Identidad Gráfica, publicado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), tendrán dos meses para hacerlo.
Esto, con la finalidad de proteger a las personas no consumidoras de productos de tabaco y nicotina, por ello, el señalamiento ahora cuenta con una nueva leyenda, donde se indica que “está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina”.
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Asimismo, con el nuevo Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco, cada punto deberá exhibir dicho letrero que, además, indique sobre la advertencia de incumplir con la norma, incluso, se muestra un número telefónico para reportar quejas y denuncias.
Igualmente, habrá una señalización que indique dónde sí está permitido fumar, siempre y cuando se cumpla con los reglamentos de la ley; se mostrará la leyenda: “Zona exclusiva para fumar”.
Cabe destacar que el incumplimiento podría derivar en sanciones: amonestación con apercibimiento, multa que va de una a 100 Unidades de Medidas y Actualización (UMAS).