La Suprema Corte de Justicia de México niega precedente histórico a favor de la libertad de expresión
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La revista PROCESO, en búsqueda de justicia por el asesinato de la periodista Regina Martínez, trató que se le reconociera como víctima indirecta de su profesión
En un controvertido fallo emitido el 11 de octubre de 2023, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la posibilidad de sentar un precedente jurídico a favor de la libertad de expresión y de establecer un innovador mecanismo para investigar los asesinatos de periodistas en el país, donde la impunidad alcanza cifras alarmantes.
La decisión, que fue respaldada por cuatro de los ministros de la Primera Sala, impide que los medios de comunicación sean considerados como víctimas indirectas en casos de violaciones graves a los derechos humanos de sus colaboradores.
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Los ministros que votaron a favor del proyecto de Jorge Pardo Rebolledo, mediante el cual se negó el amparo que solicitó la revista Proceso, fueron el propio ponente, así como Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá. La ministra Ana Margarita Ríos Farjat no acudió a la sesión y, por ende, no emitió voto.
El fallo se centra en la relación laboral entre los medios de comunicación y sus periodistas, argumentando que esta relación se limita a aspectos puramente laborales. Esta decisión tiene implicaciones profundas en un país donde la libertad de prensa se encuentra bajo constante amenaza y los periodistas enfrentan riesgos significativos al realizar su labor.
REGINA MARTÍNEZ: EL CASO DE UNA PERIODISTA QUE SIGUE EN LA IMPUNIDAD
Uno de los casos emblemáticos que ilustra la situación es el asesinato de la periodista Regina Martínez, quien fue brutalmente asesinada en su domicilio en la ciudad de Xalapa, Veracruz, en 2012. A pesar de que Martínez publicó numerosos reportajes críticos sobre temas de seguridad, justicia, corrupción gubernamental y el crimen organizado en Veracruz, las autoridades locales inicialmente descartaron cualquier vínculo entre su trabajo periodístico y su asesinato.
La Procuraduría General de Justicia de Veracruz primero sugirió que fue asesinada por su pareja y luego atribuyó el crimen a un intento de robo en su casa. El caso fue manejado por la Procuraduría de Justicia del estado de Veracruz, que se negó a considerar el trabajo periodístico de Martínez como una posible motivación detrás del asesinato, concluyendo que se trataba de un robo pasional cometido por dos personas. El principal sospechoso sigue prófugo, mientras que solo un presunto cómplice está en prisión.
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FEADLE INTERVIENE EN EL CASO DE REGINA MARTÍNEZ
La Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) inició su propia investigación, pero se encontró con la falta de cooperación de las autoridades de Veracruz, lo que obstaculizó significativamente el progreso de la investigación.
El caso de Regina Martínez se convirtió en un símbolo de la lucha por la libertad de prensa en México. La revista PROCESO, en un intento de obtener justicia, solicitó que se le reconociera como víctima indirecta en el caso, argumentando que el asesinato de Martínez tenía un impacto directo en la libertad de expresión en el país.
FALLO DE LA CORTE IMPACTA BÚSQUEDA DE JUSTICIA PARA PERIODISTAS
La negativa de la Corte Suprema a considerar a los medios de comunicación como víctimas indirectas en casos como este ha sido un duro golpe para quienes buscan justicia en los asesinatos de periodistas en México. La decisión contradice la Ley General de Víctimas y plantea serias preguntas sobre el compromiso del país con la libertad de expresión y la protección de los periodistas.
La Suprema Corte admitió que el impacto de los asesinatos de periodistas en la libertad de expresión es claro y que negar este vínculo sería un error. La libertad de expresión es un pilar fundamental de un Estado democrático y, por lo tanto, cualquier daño a este bien público afecta a toda la sociedad.
La Primera Sala explicó que, aunque es factible interpretar el artículo 4 de la Ley General de Víctimas de manera pro persona y pro actione para considerar a personas morales particulares dedicadas al periodismo como víctimas, la realidad es que la libertad de expresión es un bien colectivo y su vulneración afecta a toda la sociedad. Por lo tanto, concluyó que no es posible reconocer la calidad de víctima indirecta en el sentido colectivo alegado por la revista PROCESO.
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PROPUESTA CÍVICA LAMENTA LA DECISIÓN DE LA PRIMERA SALA
Sara Mendiola, directora ejecutiva de Propuesta Cívica, la organización que presentó el juicio de amparo indirecto ante la SCJN en representación de PROCESO, lamentó la decisión de la Primera Sala, señalando que va en contra de la defensa de la libertad de expresión y puede obstaculizar el esclarecimiento del asesinato de Regina Martínez. Mendiola expresó: “El pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es una visión muy cuadrada, no es progresista, no abona a defender la libre expresión, que es el derecho que también se violenta al privar de la vida a periodistas”.
Esta decisión de la Corte ha generado una amplia controversia y críticas, ya que se percibe como un retroceso en la lucha por la libertad de prensa y la justicia en casos de violencia contra periodistas en México. La sociedad y los defensores de los derechos humanos continuarán presionando por una mayor protección de la libertad de expresión y el castigo a los perpetradores de crímenes contra periodistas en el país.