Mexicanas ya no tendrán que esperar 300 días tras el divorcio para volver a casarse
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Fueron 71 senadores y senadoras quienes aprobaron esta reforma, a favor de los derechos de las mujeres
La Cámara de Senadores aprobó un dictamen para derogar el artículo 158 del Código Civil Federal, que imponía un período de espera de 300 días para que las mujeres pudieran volver a casarse después de un divorcio.
La disposición que se plantea eliminar establece que: “en el caso de divorcio la mujer no pueda contraer nuevo matrimonio, sino hasta pasados 300 días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz a un hijo”.
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La concepción anterior del artículo citado, fue considerada “inconstitucional” por menoscabar los derechos y libertades de las mujeres.
Fueron 71 senadores y senadoras quienes aprobaron esta reforma, a favor de los derechos de las mujeres.
Al hacer uso de la palabra, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, consideró que los dictámenes colocan a nuestro país en una posición de vanguardia, equidad, igualdad y perspectiva de género.
Mencionó la minuta para derogar “la anacrónica y absurda” disposición que mantiene el Código Civil, desde el siglo pasado, que estipula que las mujeres, en el caso de separarse o divorciarse, tendrán que esperar 300 días para volverse a casar.
OTRAS REFORMAS IMPORTANTES
Además de esta derogación, el Senado también aprobó, con 66 votos, el dictamen para aumentar las penas, hasta en una mitad, “para quienes abusen de una persona menor de 15 años, o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho y por el uso de violencia”.
La reforma propuesta es al artículo 261 del Código Penal Federal, encaminada a proteger y garantizar los derechos de las personas menores de edad y atender el interés superior de la niñez.
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También, el Senado dio paso a aumentar hasta en una mitad, en su mínimo y máximo, las penas para los casos de violencia familiar contra mujeres embarazadas, personas adultas mayores o con discapacidad, con el objetivo de proteger a los sectores más vulnerables de la población.
Las y los senadores indicaron que es necesario “que el sistema penal acusatorio atienda el efectivo acceso a la justicia de las personas de dichos sectores, para que cualquier conducta antijurídica sea sancionada con el mayor rigor de la ley”.
Finalmente, el Pleno del Senado aprobó, con 71 votos a favor y tres abstenciones, reformar el artículo 10 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de propiciar y fomentar la no discriminación por motivos de sexo, género u orientación sexual.
Se propone dotar de herramientas a las personas juzgadoras, para que apliquen correctamente la perspectiva de género en su quehacer.
La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, dijo que estas reformas demuestran que el Senado de la República está comprometido con los derechos humanos y procesales.
Con información de Aristegui Noticias