Da Corte luz verde a fondo de pensiones creado por AMLO

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México
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El Fondo de Pensiones para el Bienestar busca incrementar los ingresos de trabajadores retirados bajo el sistema de Afores

La Suprema Corte de Justicia avaló las reformas legales de 2024 para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB), impulsado por el ex Presidente Andrés Manuel López Obrador para incrementar los ingresos de trabajadores que se retiren bajo el sistema de las Afores.

Por unanimidad, la Corte declaró infundada una acción de inconstitucionalidad de diputados de Oposición, que alegaron violaciones de procedimiento legislativo durante la aprobación de la reforma, así como afectaciones al derecho de propiedad y falta de transparencia en el uso y destino de los recursos.

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La reforma de abril de 2024 ordenó traspasar al FPB más de 24 mil millones de pesos en cuentas inactivas de Afores de mayores de 70 años que ya no trabajaban, si cotizaron en el régimen del IMSS, o de 75 años, si fueron burócratas del régimen del ISSSTE, en plazo de 60 días naturales a partir de que el fideicomiso fue constituido en el Banco de México.

El objetivo fue complementar las pensiones de jubilados por Afores, la gran mayoría de los cuales no han ahorrado voluntariamente en la cuenta individual para su retiro, de tal modo que perciban al menos el salario promedio de cotización mensual del IMSS, actualmente 20 mil 217 pesos.

La Corte rechazó que se hubiera privado de sus recursos a los trabajadores o sus beneficiarios, pues la reforma permite reclamar los fondos que hubieran sido transferidos al FPB, y este derecho no prescribe.

“La titularidad de los recursos no se extingue, el derecho a reclamarlos es imprescriptible, y el mecanismo de devolución es permanente. Lo que la norma impugnada establece es un acto de administración -no de privación- en el que únicamente se modifica el sujeto encargado de custodiar y hacer rendir los recursos, manteniéndose en todo momento la esfera jurídica de la persona trabajadora intacta”, dice la sentencia, presentada por la Ministra Loretta Ortiz.

“Las normas impugnadas no implican un decomiso, tampoco una confiscación o privación sin audiencia previa de los recursos depositados”, afirmó Yasmín Esquivel, quien recordó que el FPB tiene una reserva constituida para responder por reclamaciones.

La Corte también rechazó que el Comité Técnico del FPB pueda actuar sin supervisión ni controles en el manejo de los recursos.

Cabe mencionar que el fideicomiso ha estado publicando informes trimestrales sobre su operación, y al cierre de junio, el FPB contaba con 61 mil 616 millones de pesos y había devuelto 5 mil 940 millones por reclamaciones.

Durante el primer semestre de 2026, el fondo hizo pagos de apenas 229 millones de pesos para complementar pensiones, pues son pocas las personas que iniciaron su vida laboral en julio de 1997 que ya cumplen los requisitos para retirarse.

Este monto, sin embargo, se irá incrementando conforme más personas de la generación de las Afores lleguen a la edad de retiro, lo que, eventualmente, podría obligar al Gobierno a apoyar al FPB con recursos públicos, que fue el escenario que se trató de evitar con la creación del sistema de cuentas individuales.

Reforma es un diario de noticias y avisos de ocasión de circulación nacional, con un periódico impreso y un sitio en línea. Se imprime en la Ciudad de México y es editado por el Grupo Reforma. Circula desde el 20 de noviembre de 1993. Su director es Alejandro Junco Elizondo y el director editorial es Juan E. Pardinas.

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