Entra en vigor prohibición a vapeadores en México este 16 de enero

México
/ 15 enero 2026

Publican en el Diario Oficial de la Federación reforma a Ley General de Salud que prohíbe comercialización, producción, importación y exportación

La prohibición de la comercialización, producción, fabricación, importación y exportación de vapeadores y cigarros electrónicos en México entrará en vigor este viernes 16 de enero, tras la publicación de la reforma a la Ley General de Salud.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó este jueves las distintas reformas, adiciones y derogaciones de diversas disposiciones de la Ley General de Salud, las cuales se establecieron en el Congreso de la Unión en diciembre pasado.

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En ello, se establece que queda prohibido en todo el territorio nacional la adquisición con fines de comercialización, preparación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso, de los cigarrillos electrónicos y vapeadores.

El decreto publicado también establece la prohibición de la publicidad o propaganda para el consumo de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.

“La autoridad sanitaria podrá llevar a cabo la verificación, la aplicación de medidas de seguridad y la disposición sanitaria de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos. Lo anterior, con independencia de las acciones que correspondan a otras autoridades en su respectivo ámbito de competencia”.

ASEGURA MONREAL QUE NO ES PUNITIVA

Al respecto de estas disposiciones, el diputado Ricardo Monreal, líder de la bancada morenista, aseguró que esta reforma no es punitiva.

“La ley, entiéndase bien, no criminaliza el consumo ni la posición individual. Es decir, si un joven está fumando ese cigarrillo electrónico, no tiene ningún problema, si trae dos cigarrillos en su cartera, tampoco tiene ningún problema de carácter penal o que se le detenga. La medida está dirigida contra el negocio, contra quienes fabrican, distribuyen, venden y publicitan esos productos, incluidos estos vapeadores que son muy perjudiciales”, afirmó.

“Personalmente, cuidé esta propuesta, la hicimos, estoy muy preocupado por los jóvenes, y el daño mortal que causan estos artículos. De esto se trata una parte de la ley”.

Dijo que esta norma no surgió del vacío, pues según información oficial del Inegi, alrededor de 500 mil adolescentes, entre 10 y 16 años, ya están utilizando cigarrillos electrónicos en México.

“Este dato muestra con claridad que los vapeadores se han convertido en un problema de salud pública, especialmente por su impacto entre niños, niñas, jóvenes, adolescentes. Esto es grave porque la evidencia científica indica que su consumo conlleva riesgos severos para la salud, incluso potencialmente mortales”, expuso.

“Por ello, como recordarán, en diciembre del 2024 la Cámara aprobó la reforma constitucional al artículo cuarto y quinto para prohibir de manera expresa la producción, distribución, comercialización de estos productos atendiendo los riesgos que representa. Ahora, ya es una ley que se publicó, hoy es la etapa en donde después de elaborarlo se convierte en obligatoria, y por eso es importante que lo sepan”.

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