¿Viola la libertad de culto? Santera enfrenta a la SCJN; leyes de protección animal no le permiten sacrificar animales

México
/ 7 agosto 2025

SCJN resuelve caso inédito entre santería cubana y Código Penal de CDMX. Mujer denunciaba violación a su libertad de culto

Una mujer que practica la santería cubana promovió una demanda de amparo contra el Código Penal de la Ciudad de México, alegando que vulneraba su derecho a la libertad religiosa al tipificar como delito el maltrato y la crueldad animal. Después de una batalla legal de casi dos años, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en su contra.

El 15 de marzo de 2023, una sacerdotisa de la religión afrocubana conocida comoifá-orisha, o santería cubana, presentó una demanda de amparo indirecto. Su argumento central fue que las reformas al Código Penal de la Ciudad de México, que tipifican el maltrato y la crueldad animal como delitos, contravienen su libertad religiosa.

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La mujer relató que, como parte de los rituales de su fe, se llevan a cabo sacrificios de animales “con carácter de veneración y alimentación de sus divinidades”. Después del sacrificio, explicó, los animales son cocinados y consumidos por los participantes del rito, tal como dicta su tradición religiosa practicada desde hace 25 años.

Su inconformidad surgió tras ver una publicación en redes sociales del Congreso capitalino, donde se anunciaban reformas legales que aumentaban las penas por maltrato animal, en especial cuando los métodos usados provocaran sufrimiento o prolongaran la agonía del animal.

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DEMANDA ES DESECHADA INICIALMENTE; TRIBUNAL COLEGIA RECONOCE POSIBLE VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE CULTO

La demanda fue inicialmente desechada por la Jueza Segunda de Distrito de Amparo en Materia Penal, bajo el argumento de que la ley no le causaba un daño directo, pues no había sido denunciada ni sancionada. La jueza consideró que, al no haber un acto de autoridad concreto en su contra, no existía un interés jurídico ni legítimo para promover el juicio de amparo.

La mujer interpuso una queja que fue turnada al Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, el cual concluyó que sí podía haber una afectación a su libertad religiosa por la simple existencia de las normas. Por tanto, ordenó admitir su demanda.

A pesar de esta resolución, la jueza insistió en que no había interés legítimo, y decidió archivar el caso. Ante esto, la sacerdotisa presentó un recurso de revisión que regresó al mismo tribunal colegiado.

El tribunal colegiado determinó que la ley sí provocaba un “efecto disuasorio” sobre la demandante, pues podría limitar el ejercicio de sus creencias religiosas sin necesidad de que existiera una sanción penal. Con esta interpretación, concluyó que sí había un interés legítimo y que la demanda debía ser analizada a fondo.

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SCJN RESUELVE CASO SOBRE SANTERÍA Y MALTRATO ANIMAL: LIBERTAD RELIGIOSA NO ES UN DERECHO ABSOLUTO

En consecuencia, el tribunal remitió el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que atrajo el asunto por su relevancia constitucional.

El 22 de enero de 2025, la SCJN resolvió el caso en sesión privada. Sin embargo, el fallo fue publicado oficialmente hasta el 9 de mayo en el Semanario Judicial de la Federación.

La SCJN resolvió que las reformas al Código Penal de la Ciudad de México no son inconstitucionales. Rechazó que la norma afecte específicamente a alguna religión, pues su propósito es la protección del bienestar animal.

El máximo tribunal también desestimó que el delito estuviera redactado de manera ambigua o imprecisa. Consideró que los conceptos de crueldad y maltrato están definidos con suficiente claridad para que cualquier persona pueda saber qué conducta está prohibida.

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Además, la Corte enfatizó que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Señaló que puede ser limitada cuando entra en conflicto con otros derechos fundamentales, en este caso, el bienestar de los animales. Subrayó que el ejercicio del culto religioso no otorga permiso para causar sufrimiento animal fuera del marco legal.

Con esta resolución, la SCJN negó el amparo a la sacerdotisa. Esto implica que, si realiza sacrificios de animales fuera de los lineamientos permitidos por la ley, podría enfrentar consecuencias penales.

Con información de INFOBAE

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Licenciada en Letras Españolas por la Universidad Autónoma de Coahuila, con diplomado en Literatura Contemporanea del siglo XX otorgada por el INBA y ponente en el II Congreso Internacional de Humanidades: Horizontes y Desafíos en la Investigación Interdisciplinaria, Además de contar con certificado en Lengua de Señas Mexicanas nivel avanzado.

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