‘Modo honesto de vivir’ no puede ser requisito para cargos públicos, determina la Suprema Corte

Concluyó que es una expresión ambigua y de difícil apreciación, por lo que también puede traducirse en una forma de discriminación
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el requisito de “modo honesto de vivir” para que personas puedan acceder a cargos públicos.
El máximo tribunal resolvió una contradicción de sentencias, entre la propia SCJN (que previamente había eliminado una norma similar en Veracruz) y el Tribunal Electoral, que había avalado dicha limitante para acceder al poder.
La Corte determinó que un régimen constitucional democrático de derecho debe rechazar la idea de un modelo único de moralidad que reduzca la idea de honestidad o decencia a una sola dimensión.
En cambio, informó la SCJN, se debe acoger la diversidad de opiniones, creencias y proyectos de vida.
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En un primer momento, se votó a favor de reconocer que había una contradicción entre el Tribunal Electoral y la Corte.
La diferencia radica en que el concepto “modo honesto de vivir implica una ponderación subjetiva, pues su significado dependerá de lo que cada persona opine, practique o quiera entender”.
También se concluyó que es una expresión ambigua y de difícil apreciación, por lo que también puede traducirse en una forma de discriminación.
Con esta decisión, la Suprema Corte ejerce su papel como máximo intérprete de la ley y ahora quedará vigente su criterio, por lo que no se podrá sancionar ni excluir de cargos a personas por no tener un “modo honesto de vivir”.
Con información de medios