Morena, PRI y MC plantean legalizar eutanasia o muerte asistida en México

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/ 17 noviembre 2022

Luego avanzarían al suicidio asistido, como en otros países, advierte Alianza Ministerial Evangélica de Saltillo

Morena, PRI y Movimiento Ciudadano proponen validar la eutanasia o muerte asistida en el país con reformas a la Ley General de Salud, para que los médicos tratantes induzcan “activamente y sin responsabilidad, la muerte anticipada para los pacientes en situación crítica o terminal, que hayan expresado su consentimiento para tener una muerte digna sin dolor (Artículo 166 Bis 21).

La iniciativa, presentada este miércoles en la Cámara de Diputados, incluye reformar el Código Penal para señalar que el Artículo 312, que castiga con uno a 12 años de prisión a quien induzca a otro al suicidio o le preste auxilio para provocar la muerte, no aplicaría en este caso.

Eduardo Pacheco Ortiz, abogado de la Alianza Ministerial Evangélica de Saltillo, advirtió que este es el primer paso para luego aprobar el que cualquier persona decida recurrir a la eutanasia sin tener padecimiento alguno, como ya ocurre en países como Australia y Colombia, en tanto que en Reino Unido debaten el proyecto de Ley de Suicidio Asistido.

“No estamos de acuerdo en que se continúe legislando para que las personas decidan terminar con su vida, Lo más peligroso de esta cultura de la muerte, es que primero te presentan algo como muy noble y muy bueno para ayudar a las personas, y después dan el siguiente paso, donde no es requisito que la persona tenga una enfermedad terminal, incurable, progresiva, sino que lo abren a cualquier persona que decida ya no vivir.

“La eutanasia no es otra cosa más que el suicidio asistido porque la persona decide terminar con su vida y se activa el sistema de salud para quitarle la vida, cuando su propósito debería ser mantenerla”, comentó.

Añadió que es entendible que las familias no deseen ver sufrir al paciente y en ocasiones éste tiene miedo de enfrentar la enfermedad y un tratamiento doloroso que lo va debilitando con el tiempo y que en muchos casos son padecimientos incurables.

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“Somos sensibles a ese dolor, sin embargo, atentos a las Escrituras y a que nos rige la Palabra de Dios, nosotros encontramos invariablemente siempre el deseo o la convicción de defender la vida, de luchar por la vida.

“Vale la pena esforzarse, luchar, conocemos el poder de la oración que sana padecimientos que para el hombre son incurables, pero hemos visto milagros que Dios hace en la vida de las personas”, concluyó.

Adiciones a la Ley General de Salud: Artículo 75 Ter. La voluntad (de muerte digna sin dolor) deberá ser inscrita en el Registro Nacional de Cuidados Paliativos y Muerte Digna sin Dolor o podrá ser expresada por escrito ante dos testigos, conforme a las leyes y normas aplicables.

Artículo 166 Bis 1. Paciente en situación crítica o terminal: Todo enfermo que padece una enfermedad terminal, sufre una enfermedad o lesión permanente e intensamente dolorosa o está en agonía.

Título Octavo Bis. Muerte digna sin dolor. La decisión libre e informada del paciente en situación crítica o terminal, de concluir con su vida mediante un procedimiento médico donde se índice activamente la muerte de forma anticipada para minimizar el dolor o sufrimiento, o el riesgo de dolor o sufrimiento.

Artículo 166 Bis 4. Cualquier persona mayor de edad, en pleno uso de facultades mentales, podrá en cualquier momento o independientemente de su estado de salud, expresar su voluntad de recibir o no tratamiento, en caso de encontrarse en situación crítica o terminal. Podrán dar su consentimiento a una muerte digna sin dolor.

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