Conapred deberá informar sobre quejas sobre instituciones de salud: IFAI
COMPARTIR
Además, deberá informar sobre el número de quejas que por mes se sustanciaron contra cada institución, así como las que recibió por cada municipio del estado de Guanajuato, en el periodo señalado.
México, DF. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) deberá buscar y dar a conocer las quejas que ha recibido contra instituciones de salud, desglosadas por entidad federativa, instituciones objeto de las quejas y los motivos que originaron éstas, entre 2011 y el 10 de julio de 2013, instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
Además, deberá informar sobre el número de quejas que por mes se sustanciaron contra cada institución, así como las que recibió por cada municipio del estado de Guanajuato, en el periodo señalado.
En respuesta a una particular que solicitó esos datos, la CONAMED, a través de la Dirección General de Calidad e Informática, manifestó que no cuenta con estadísticas con el grado de detalle o especificidad requeridos; sin embargo, le sugirió consultar su página de Internet, en la que se encuentran los asuntos recibidos y atendidos por entidad federativa.
Inconforme, la particular interpuso un recurso de revisión ante el IFAI, turnado a la comisionada Jacqueline Peschard, en el que indicó que el sujeto obligado le negó el acceso a la información.
Señaló que en la solicitud diversa, con número de folio 4220700003212, se formularon los mismos requerimientos y éstos fueron atendidos satisfactoriamente; no obstante, del análisis realizado por este Instituto, se pudo advertir que los contenidos de información requeridos en la solicitud indicada por la recurrente, no se relacionan con los que el particular pidió en el presente caso.
En alegatos, la CONAMED reiteró su respuesta inicial.
En el análisis del caso, la comisionada Jacqueline Peschard expuso lo siguiente:
- La Dirección General de Calidad e Informática, a la que el sujeto obligado turnó la solicitud, es una de las unidades administrativas competentes para conocer de la información.
- La información estadística que se presenta en la página de internet de la CONAMED, está elaborada a partir de datos que son registrados por la Dirección General de Orientación y Gestión, la Dirección General de Conciliación y, la Dirección General de Arbitraje en el Sistema de Atención de Quejas Médicas y Gestión Pericial (SAQMED) y en el Sistema Nacional de Registro de la Queja Médica (SINAREQ).
- La Dirección General de Orientación y Gestión se encarga, entre otras funciones, de resolver acerca de la admisión de quejas.
- Le corresponde a la Dirección General de Conciliación, entre otras, planear, programar, operar, supervisar y evaluar la atención de quejas en la etapa conciliatoria.
- En tanto que, la Dirección General de Arbitraje planea, programa, opera, supervisa y evalúa la atención de las quejas en la etapa decisoria del proceso arbitral médico.
- El SAQMED tiene como finalidad contar con un registro sobre la atención de las quejas desde su recepción hasta su conclusión. Esta base de datos concentra 106 mil 61 registros relativos a orientaciones, asesorías, gestiones inmediatas, quejas y dictámenes.
- El SINAREQ tiene como objetivo consolidar una base de datos única a nivel nacional respecto a las inconformidades médicas, para facilitar la toma de decisiones, asignación de recursos y evaluación de servicios, a efecto de contribuir a generar estrategias para mejorar la atención médica en el país mediante la retroalimentación al Sistema Nacional de Salud.
- Se concluye que la búsqueda de la información no fue exhaustiva y la inexistencia manifestada resulta improcedente.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Jacqueline Peschard, el Pleno del IFAI revocó la inexistencia e instruyó a la CONAMED una búsqueda exhaustiva de la información relativa a las quejas que ha sustanciado, desglosada por entidades federativas, instituciones objeto de la queja, número de quejas que por mes se sustanciaron contra cada institución, así como los motivos que originaron dichas quejas, de 2011 al 10 de julio de 2013.
En el caso de Guanajuato, la CONAMED deberá precisar las quejas que recibió por cada uno de sus municipios, en dicho periodo.
En dicha búsqueda, no se deberá omitir la Dirección General de Orientación y Gestión, la Dirección General de Conciliación y la Dirección General de Arbitraje.
Sólo en caso de que no se localicen los datos con el grado de desglose requerido, el Comité de Información del sujeto obligado deberá confirmar su inexistencia.