SCJN determina que prueba de paternidad no invalida pensión

Nacional
/ 16 septiembre 2015

Debe prevalecer el interés superior del niño, asegura.

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que, en un juicio de desconocimiento de paternidad, debe prevalecer el interés superior del niño, aun sobre la presentación de la prueba de ADN que demuestre que el varón no es el padre del menor.

Al resolver un amparo en revisión (1321/2013), los ministros le dieron la razón a la madre, quien argumentó que debía prevalecer el interés superior de su hijo por encima de su identidad genética.

Esto, para que el niño tuviera derecho, al igual que dos de sus hermanos que sí fueron reconocidos por el padre, a la pensión alimentaria correspondiente.

Según el dictamen aprobado por los ministros, "la debida protección a los menores en este tipo de juicios involucra la consideración de que los mismos pudieron haber desarrollado una confianza legítima y pertenencia hacia el cónyuge varón a partir de un vínculo de años, y que la eventual destrucción del vínculo filial se traduce en la pérdida de derechos alimentarios y sucesorios, además de lazos afectivos trascendentes para su formación".

Los ministros resolvieron que los jueces no están obligados a desahogar oficiosamente la prueba pericial en materia genética en los juicios de desconocimiento de paternidad, a diferencia de lo que ocurre en una acción de reconocimiento o indagatoria de paternidad en la que el juez sí debe recabar dicha información de oficio para darle plena efectividad al derecho a la identidad del menor involucrado.

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