Piratería será delito perseguido de oficio

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Nacional
/ 28 abril 2009

    Las reformas buscan consolidar un marco legal que propicie respuestas prontas y eficientes frente a una conducta criminal que afecta al Estado mexicano, señala la minuta

    El Senado aprobó una reforma con el fin de que las autoridades puedan perseguir "de oficio" el delito de "piratería", es decir, sin que medie una denuncia formal.

    Además, la reforma aumenta penas para quienes incurran en este delito, con modificaciones a los artículos 429 del Código Penal Federal, y 223 bis de la Ley de la Propiedad Industrial.

    El dictamen impone de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, al que venda a cualquier consumidor final en vías o lugares públicos, en forma dolosa y con el fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta ley.

    El cambio a dichas leyes fue avalado por 78 votos a favor, cero en contra y una abstención, y pasó a la Cámara de Diputados.

    En el análisis de la minuta se señala que las reformas buscan invocar el superior propósito de consolidar un marco legal, que propicie respuestas prontas y eficientes frente a una conducta criminal que no sólo afecta intereses particulares, sino que vulnera también los derechos de diversos sectores de la sociedad y al propio Estado mexicano.

    "(El Estado) deja de percibir ingresos importantes por concepto de impuestos, la facilidad con que los falsificadores nacionales e internacionales comercializan y distribuyen grandes cantidades de mercancía ilegal en México, es palmaria", dice parte del dictamen.

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