INE aprueba los spots electorales de agrupaciones civiles, abriendo nueva pauta
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Nacif consideró que los mensajes son neutrales y el mensaje representa una causa pública, por lo que no busca inclinar la opinión pública a favor de algún partido o candidato.
Ciudad de México. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) avaló el spot que pautó la asociación Mexicanos Primero en radio y televisión al considerar, con dos votos contra uno, que no representa propaganda a favor de algún candidato.
La decisión permitirá a otras organizaciones repetir la fórmula y contratar spots con contenidos similares.
El anunció que comenzó a transmitirse la semana pasada muestra a cinco niños los cuales tienen los nombres de pila de los candidatos presidenciales. En el anuncio, emitido en tres versiones distintas, piden analizar quién ofrece la mejor oferta educativa.
“Piensa bien y elige al candidato que apoye la transformación educativa”, indica el spot.
Dicha Comisión analizó este lunes en sesión extraordinaria urgente una solicitud de medidas cautelares por indebida contratración o adquisición de tiempos en radio, televisión y salas de cine, así como por la violación al principio del interés superior de la niñez, y atribuyó dicho promocional a la asociación Mexicanos Primeros Visión 2030, AC, Televisa SA de CV y Cinépolis de México SA de CV.
El proyecto discutido por esta instancia planteaba originalmente la aplicación de las medidas cautelares ya que “en un análisis preliminar, el mismo constituye propaganda electoral dirigida a influir en la preferencia de los ciudadanos bajo la modalidad de contratación o adquisición de tiempo en televisión por una persona moral de naturaleza privada toda vez que ello está prohibido”.
Aunque tres de cinco consejeros electorales consideraron que hay un riesgo en el tipo de spots, sólo tres de ellos tienen derecho a voto en esta instancia: Adriana Favela (presidenta), Benito Nacif Hernández y Claudia Zavala Pérez. Los dos primeros votaron en contra de las medidas cautelares y consideraron que no tienen los elementos establecidos constitucionalmente para ser considerados propaganda electoral.
Nacif consideró que los mensajes son neutrales y el mensaje representa una causa pública, por lo que no busca inclinar la opinión pública a favor de algún partido o candidato.
“La unidad técnica nos propone declarar procedente la solicitud de las medidas cautelares, yo no coincido con esta conclusión a la que llega en lo que se conoce como un juicio de apariencia del buen derecho.
“La pregunta clave es si este promocional constituye propaganda de política electoral, y la respuesta depende de la definición, que aparece en el artículo 41 de la Constitución que dice que lo que se prohíbe es contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en los ciudadanos a favor o en contra de los candidatos… el proyecto argumenta que se cumple una de ellas , en mi opinión deben ser las dos, debe ser a favor o en contra, y creo que de un análisis no se desprende que sea a favor o en contra de algún candidato, partido o coalición”, señaló.
Tanto Claudia Zavala, como los consejeros Ciro Murayama y Pamela San Martín, estos últimos con derechos a voz pero sin voto, alertaron que la decisión podría violar la prohibición a particulares para contratar spots con fines electorales.
La medida cautelar para suspender el anuncio fue solicitada por el analista político Jorge Alcocer Villanueva, por una posible violación al artículo 41 de la Constitución y el 447 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).